Santiago de Compostela
El Supremo confirma la condena de diez años de cárcel a la etarra Nerea Garaizar por planificar un atentado contra Fraga
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condenade diez años de cárcel que la Audiencia Nacional impuso en febrero de 2008 a la etarra Nerea Garaizar San Martín por planear el asesinatoen 2001 del entonces presidente de la Xunta de Galicia, Manuel Fraga, que no llegó a producirse. En una sentencia hecha pública hoy, el alto tribunal rechaza loscinco motivos de casación que la defensa de Garaizar planteó en su recurso y considera que tanto ella como la también condenada Alicia Sáez de la Cuesta tenían "voluntad firme y determinación"para"ejecutar el hecho delictivo propuesto". El abogado de Garaizar solicitó la absolución de su clienteargumentando que las únicas pruebas que pesaban en su contra eran la declaración de Sáez de la Cuesta y el hallazgo de su documento deidentidad en el piso de Santiago de Compostela que ocupaba el 'comando', cuyo registro consideró nulo por la ausencia de la interesada. La resolución judicial del Supremo, de la que ha sido ponente elmagistrado José Ramón Soriano, valida el registro por "laespecialidad de la situación"--se trataba de un "piso franco"y se estaba investigando "un delito de terrorismo"-- y argumentando que Garaizar no podía estar presente porque se encontraba "huída de la justicia". Además, la sentencia destaca que la presencia del secretario judicial confirió "plenas garantías"a esta diligencia. Además del testimonio de Sáez de la Cuesta, el Supremo corroboralas pruebas lofoscópicas y caligráficas que demostraban que Garaizar realizó seguimientos a Fraga y en las que se basó la AudienciaNacional para condenarla por un delito de conspiración para la comisión de atentado terrorista. La condena contra la que la etarra recurrió en casación supuso unarebaja de cuatro años de cárcel respecto de la pena de 14 años que había solicitado el fiscal Ignacio Gordillo. Esta reducción seprodujo porque la Audiencia aplicó el límite inferior correspondiente a este delito porque no llegó a consumarse. Con esta resolución, el Supremo corrobora la sentencia de laAudiencia Nacional, que consideró probado que Garaizar y Sáez de laCuesta se instalaron en Santiago de Compostela en octubre de 2000 para intentar asesinar a Fraga mediante la utilización de un coche-bomba. Las dos recabaron información acerca de "los horarios, recorridos,domicilio familiar, lugar de vacaciones, costumbres --como la relacionada con la asistencia a misa--, tipo de vehículo y medidas de protección y seguridad"que tenía el entonces presidente de Galicia. Según el tribunal, los datos que obtuvieron en los mesessiguientes eran "suficientemente precisos para intentar matar a la personalidad escogida", si bien el intento de homicidio "no se llevó a cabo"porque las dos etarras fueron detenidas a finales de marzo de2001, "antes de que encontraran el momento y lugar propicios para asegurar el éxito del crimen y su posterior impunidad".
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