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Anticorrupción se opone al recurso de la ex consejera Álvarez

La Razón
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La Fiscalía Anticorrupción se ha opuesto al recurso interpuesto por la ex consejera de Economía y Hacienda de la Junta y ex ministra de Fomento Magdalena Álvarez ante la Audiencia Provincial de Sevilla contra su imputación en la trama de los ERE.

Fuentes judiciales informaron ayer a Europa Press de que, en su escrito, el Ministerio Público defiende la «legalidad» del citado auto dictado a finales de junio por la juez Alaya, ya que entiende que «cumple su función», y se opone al recurso del abogado de la exconsejera utilizando los mismos argumentos que ya empleó para oponerse al recurso que la Junta interpuso contra el mismo auto.

En su recurso, la Junta alegó falta de motivación y, en segundo lugar, se refirió a la infracción del principio de legalidad y al uso de las transferencias de financiación, a las modificaciones presupuestarias y a las leyes de presupuestos, «indicando en resumen», según la Fiscalía, que la magistrada «está criminalizando tales figuras y su uso».

La Fiscalía, además de rechazar el motivo de falta de concreción, explicó que «la hipótesis delictiva manejada por la instructora parte de la utilización de tales figuras, sí, pero de su 'uso perverso', de un uso finalísticamente dirigido a burlar todos los controles de la Intervención de la Junta como medio para poder dilapidar los fondos públicos, favoreciendo y enriqueciendo a terceros, y esa finalidad sí es penalmente relevante e implica a todos aquellos que, conociendo tal uso perverso, lo hicieron posible o sencillamente no lo evitaron».

De este modo, afirma que la fórmula tiene «una apariencia formal de legalidad, pero una última finalidad fraudulenta, indiciariamente delictiva, que supera la categoría de infracción o irregularidad administrativa».

En esta línea, Anticorrupción indica que esta finalidad «se sedimenta en hechos objetivos que parten del uso indebido de la figura de las transferencias de financiación, engordadas mediante las oportunas modificaciones presupuestarias, unido a la no consideración como subvenciones de las ayudas sociolaborales, lo que facilitaba su no fiscalización».

Y todo ello, prosigue, «junto a la fórmula consagrada» en el convenio firmado entre la Consejería de Empleo y el IFA en julio de 2001, que «hábilmente, a los mismos efectos de evitar cualquier fiscalización que estorbara, separaba el expediente de la ayuda, que permanecía en la Consejería, del pago que se efectuaba en el IFA/IDEA, cuyo interventor por tanto al fiscalizar el pago no contaba ni podía contar con el expediente previo de la ayuda».