Corrupción en Andalucía

El TSJA anula la sanción de la Junta a Caixabank por las preferentes

Susana Díaz, entonces junto a IU, sancionó con 455.000 e al banco y el Alto Tribunal considera que no tiene competencias para ello apelando al «principio de especialidad»

El ex vicepresidente de la Junta y ex consejero de Administración Local y Relaciones Institucionales, Diego Valderas
El ex vicepresidente de la Junta y ex consejero de Administración Local y Relaciones Institucionales, Diego Valderaslarazon

La Justicia pone coto a los fuegos de artificio. Antecedes: en septiembre de 2013, con los bancos como enemigo público número uno en el imaginario colectivo, con la crisis en auge y los recortes haciendo estragos, el Gobierno en coalición de PSOE e IU, en uno de tantos anuncios políticos con escaso rédito práctico, en plena estrategia de «gobernar a base de titulares», según criticaba la oposición, anunció la primera multa a una gran banca, en este caso, por la comercialización de las llamadas preferentes. Algo más de tres años y medio después, el TSJA anula la sanción y condena a la Junta al pago de las costas.

En septiembre de 2013, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, apenas unas semanas después de la toma de posesión de Susana Díaz, impuso una sanción de 455.000 euros a Caixabank por «dos infracciones muy graves y una leve» como consecuencia de la comercialización de las llamadas preferentes. Se trataba del primer expediente sancionador por este asunto en la comunidad y citaba como origen 21 reclamaciones presentadas durante 2012 en las provincias de Cádiz, Córdoba, Málaga, Granada, Jaén y Sevilla. En Andalucía se cifraban en 47.000 los afectados por las preferentes, con un importe superior a los 1.400 millones de euros, según los datos de las entidades financieras que respondieron a los requerimientos de la Junta de Andalucía, esto es, Caixabank, Saba-dell, Cajasur y BBVA.

El Gobierno de PSOE e IU, igual que pasó con los desahucios y el anuncio de una normativa que, también fue recurrida en la Justicia –en este caso por el Gobierno central–, salía al paso en plena crisis de la supuesta estafa ciudadana. Aunque, prácticamente, lo primero que hizo Susana Díaz al suceder a Griñán en el cargo fue fotografiarse con los líderes de los principales bancos del país y firmar convenios con ellos, la presidenta también dejaba hacer a la otra parte de la coalición de Gobierno. El trasfondo de la denuncia consistía en presentarse ante la opinión pública como garante de sus derechos. A finales de 2013, el «caso ERE», entre otros, no dejaba de acumular titulares. De hecho, Griñán acabó reconociendo al poco que su dimisión fue la consecuencia política de aquellos acontecimientos. En este contexto, el actor principal de la denuncia, no obstante, fue la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, a cargo de la IU de Diego Valderas, socio preferente de Susana Díaz y con quien hasta su salida y sustitución por Antonio Maíllo la presidenta siempre ha mantenido una más que grata relación. El expediente abierto a Caixabank consideraba que ocultó a los clientes «información relevante sobre las condiciones de riesgo y liquidez de las participaciones». Como atenuante se consideró la «voluntad colaboradora» de la entidad financiera, demostrada en el hecho de haber llegado a acuerdos con la mayoría de afectados. De ahí que la sanción fuera inferior a la inicialmente prevista, anunció el portavoz del Gobierno andaluz, Miguel Ángel Vázquez.

Ahora, según el fallo al que accedió LA RAZÓN, la Sala de lo Contecioso-Administrativo del TSJA, tras el recurso del banco, anula la sanción de la Junta al considerarla «nula de pleno derecho» y deja «sin efecto las sanciones impuestas» (225.000 euros por el incumplimiento de las condiciones de prestación del servicio; por el incumplimiento en la venta de bienes, otros 225.000 euros: y por incumplir las medidas o requerimientos de la Junta, 5.000 euros), además de condenar «en costas» a la Administración andaluza. En cualquier caso, la cuantía a pagar, según el fallo, no podrá superar los 1.000 euros.

Caixabank/Cajasol alegó la «ausencia de competencia de la Junta de Andalucía por corresponder el conocimiento de los hechos imputados a la CNMV», así como la «falta de competencia territorial y funcional de la Delegación provincial para la incoación del expediente sancionador». Asimismo, «la falta de competencia objetiva de la Junta» para «imponer sanciones». También cita «el principio de especialidad normativa, por el cual debe prevalecer la norma especial de protección de los consumidores de productos financieros de los inversores contenida en la Ley de Mercado de Valores, al adaptarse mejor a la infracción imputada que la norma general de protección de consumidores y usuarios». Caixabank añadió en su defensa que «ya ha recaído resolución sancionadora» en «los expedientes tramitados por la CNMV». El banco argumentaba también que «sancionar a Caixabank por hechos realizados por Cajasol no sólo supondría una vulneración del principio de la personalidad de las sanciones, sino una grave injusticia material, pro recaer la sanción sobre la entidad que se ha hecho cargo de un banco resultante de la integración de diversas cajas de ahorro, que tenían riesgo de desaparecer». Añadía, asimismo, la «prescripción de las infracciones» y su «falta de proporcionalidad». En su respuesta, los letrados de la Junta, además de contestar punto por punto a Caixabank, señalan que en este caso «concurre una adecuada apreciación de las agravantes de alarma y de explotación de inferioridad del consumidor afectado».

El TSJA, en su resolución, alude al «principio de especialidad», al no tratarse de consumidores sino de inversores, regidos por las normas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. El TSJA recuerda que esta entidad ya «impuso varias sanciones, entre ellas una multa de 3.000.000 de euros por comercialización de productos complejos sin haber obtenido la información necesaria de los clientes para evaluar la conveniencia de los mismos». El expediente de la CNMV fue anterior al de la Junta. Esta sentencia puede crear jurisprudencia con otras sanciones de la Junta, principalmente durante la etapa de Gobierno de PSOE e IU, a grandes empresas. La Administración andaluza, tras la primera sanción anulada ahora por el TSJA, impuso otra sanción de 828.000 euros a Caixabank por ocultar datos de las preferentes.