Minería

Emerita avisa a la Audiencia de «soeces ilegalidades» en la concesión de la mina

Advierte contra la impunidad y cree que «puede haber sido hurtada» una «visión global» de los hechos por la jueza

Vista de la sevillana mina de Aznalcóllar
Vista de la sevillana mina de Aznalcóllarlarazon

Advierte contra la impunidad y cree que «puede haber sido hurtada» una «visión global» de los hechos por la jueza

«De admitir el archivo de estas actuaciones sobre la base de la argumentación y criterio seguidos por su señoría, se estaría consagrando la absoluta impunidad de cualquier arbitrariedad cometida desde la Administración pública, cuyos miembros se encontrarían impunes, ante la imposibilidad de fiscalizar cualquier acto arbitrario que pudiesen cometer. Decir que para eso está la jurisdicción contencioso-administrativa (donde el autor de la prevaricación no se juega nada, y como mucho es la propia Administración, es decir, los intereses generales los que acabarían perjudicados) es como decir que está la civil para el resto de delitos». Es un extracto del recurso de reforma y subsidiario de apelación interpuesto ante la Audiencia de Sevilla por Emerita Resources contra el auto con el que la titular del juzgado de Instrucción 3 de Sevilla, Patricia Fernández, dio carpetazo penal a la adjudicación de la mina de Aznalcóllar (Sevilla) a Grupo México-Minorbis.

En un extenso documento de 38 páginas, el abogado de la empresa, Ramón Escudero, defiende que lo actuado en la causa aumentó «la convicción» de sus representados de que hubo «ilegalidades» achacables a «una voluntad de cometerlas con plena consciencia de las consecuencias de dichos actos (‘a sabiendas’)», precisa.

Tras desgranar cuestiones como las «falsedades» declaradas por los investigados –antes imputados– en sede judicial, las diferencias entre la propuesta ganadora y la de Emerita, el contenido de informes periciales o de la Unidad de Delitos Económicos de la Policía, el letrado advierte a la Audiencia de que «puede haber sido hurtada» una «visión global» de lo sucedido al «trocear el procedimiento en varios diferentes, a pesar de estar íntimamente relacionados».

Sostiene además Escudero, que, «sin justificación clara y contra la aparente opinión de la Policía, expresada en sus atestados», la instrucción se centró «únicamente» en el delito de prevaricación, «quizás dificultando de nuevo una visión global de los hechos», recalca. Lejos de desechar irregularidades, avisa de que durante toda la licitación se encontraron con «un goteo de decisiones de mayor o menor trascendencia, todas contrarias a derecho, con idéntico fin». ¿Cuál? «Beneficiar a Minorbis-Grupo México», frente al resto de las licitadoras. Y suma: «Una ilegalidad, alguna diferencia de criterio, podría considerarse una casualidad, o producto de una defectuosa interpretación legal o fáctica por parte del funcionario», arranca, para rematar rotundo: «Tal enorme cúmulo de bastas y soeces ilegalidades y arbitrariedades, emanadas de profesionales presumiblemente capaces, y absolutamente todas orientadas al mismo resultado, no puede menos que considerarse como un concurso de voluntades doloso».

El recurso ha recaído en la Sección Séptima de la Audiencia y según desvelaron fuentes judiciales, la jueza Mercedes Alaya será la ponente. Al margen de esa vía, en un desfalleciente intento por demostrar su versión, Emerita avanza en la jurisdicción contencioso-administrativa en la que ha condensado cuatro demandas en una, que se suma a otra independiente, según detalló Escudero.