Sevilla

La Junta que perdió 1,5 millones pide el archivo de la pieza del “caso Invercaria” en la que se investigó

No ve delito en la causa en la que se procesó a dos empresarios vinculados al PSOE y al ex presidente Pérez-Sauquillo

El ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo es uno de los encausados en la pieza de Cedes del «caso Invercaria» (Foto: Manuel Olmedo)
El ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo es uno de los encausados en la pieza de Cedes del «caso Invercaria» (Foto: Manuel Olmedo)larazon

No ve delito en la causa en la que se procesó a dos empresarios vinculados al PSOE y al ex presidente Pérez-Sauquillo

La perjudicada por los supuestos delitos defiende que no los hay. La mercantil Inversión y Gestión de Capital Semilla de Andalucía (Inverseed), cuyo capital social corresponde en su mayoría a entes de la Junta y en concreto un 71,71% a Invercaria, ha pedido al juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla, que enfrenta el denominado «caso Invercaria», el sobreseimiento y archivo de lo actuado en la pieza centrada en la Compañía Eléctrica para el Desarrollo Sostenible S A (Cedes Electria), beneficiaria de 1.550.000 euros procedentes de las arcas públicas andaluzas. El titular del juzgado, Juan Gutiérrez Casillas, dictó recientemente un auto de procedimiento abreviado contra seis personas a las que atribuyó los presuntos delitos de malversación, prevaricación y tráfico de influencias. Entre ellos se encuentra un habitual de la «macrocausa», el ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, dos ex consejeros de la sociedad y los que fueron socios de Cedes: José Luis Manzano y Federico Mañero, ambos vinculados al PSOE, y Enrique García. El juez sostenía en su resolución que de lo instruido se infería que Invercaria «autorizó todas las ayudas sin realizar ningún análisis ni seguir las directrices del Plan Director regulador de su régimen interno que se había dado a sí misma» y fueron «consecuencia de decisiones personales de su presidente». Pero la entidad del Gobierno autonómico mantiene en un escrito remitido al juzgado al que accedió LA RAZÓN, que la decisión de Invercaria de invertir en el proyecto Cedes partió de «la identificación por parte del socio único de la misma, esto es, la agencia IDEA, de una oportunidad de negocio en un sector concreto que pretendía promocionar –el de las energías renovables, donde Manzano era un supuesto «gurú–», por lo que encomendó a Invercaria «la búsqueda de potenciales emprendedores que quisieran llevar a cabo el proyecto». Para enfrentar el reto, ésta tomó «la iniciativa en el desarrollo» de un plan «para el que se hace acompañar de socios con un perfil tecnológico y reconocido prestigio» en un área que en 2008 vivía una «época dorada», de acuerdo a la versión del mencionado escrito. Niega que se diera vía libre a los incentivos sin realizar ningún análisis. «Nada más lejos de la verdad –se refleja en el texto–, por cuanto que de la documentación obrante en las presentes actuaciones se deduce justamente lo contrario». Y no se queda ahí.

Otra de las patas en la que el instructor soporta la causa pasa por que Cedes no era más que «un mero intermediario» y «en realidad» su actividad se realizaba «a través de las empresas de los propios socios» y en que «el destino de los caudales públicos fue el pago de servicios de consultoría» de Manzano Seco y «pago de facturas» de García y Mañero. Unas conclusiones que también rebate Inverseed, para la que «la existencia de prestaciones remuneradas a los socios de Cedes no constituye indicio alguno de ilícito penal, en ningún caso». De hecho, replica a Gutiérrez Casillas que no está prohibida «ni limitada en la normativa mercantil», y menos en la penal, «la posibilidad de que los socios de una compañía presten servicios a su participada, recibiendo por ello una contraprestación económica». Asegura incluso que es «deseable» que éstos efectuasen «gran parte de las prestaciones que necesitaba la compañía en tanto que directos interesados en la buena marcha del negocio». Pero éste no fue un éxito, es más, el dinero que el Ejecutivo regional destinó a este proyecto no se recuperó. Circunstancia de la que tampoco se puede deducir en exclusiva el carácter delictivo de los hechos, a juicio de Inverseed, dado que el riesgo de pérdida «es consustancial a la propia actividad del capital riesgo y no puede ser causalmente atribuida a los investigados» en este proceso. De ser así, enlaza, lo que parece que se cuestiona es «la existencia misma de Invercaria». Un argumento que podría exportarse a otras piezas.

Ni malversación ni prevaricación ni mucho menos tráfico de influencias

«No existen en el presente supuesto indicios suficientes de criminalidad que permitan la apertura de procedimiento abreviado por los delitos de malversación de caudales públicos y prevaricación y, mucho menos, de tráfico de influencias». Esta afirmación se recoge en el escrito de Inverseed y de acuerdo con ella, el caso debería disolverse.