Corrupción política
Magdalena Álvarez cuestiona ahora su imputación y la de otros cargos por Alaya
Eleva al juzgado un dictamen pericial en el que se defiende que las competencias de Hacienda no pueden verse como «vértice de una estructura piramidal».
La imputación de Magdalena Álvarez, consejera de Economía y Hacienda de la Junta desde agosto de 1994 a febrero de 2004, en la «macrocausa» de los ERE está basada en una «interpretación errónea de las atribuciones» de ese cargo «tanto en lo que se refiere a la fase de elaboración del Presupuesto», como a la de su «ejecución», según se asevera en un dictamen pericial elevado ahora por su parte al juzgado. Fue la anterior instructora, Mercedes Alaya, quien encausó a Ávarez en julio de 2013, pero es su sucesora, María Núñez, la que ha recibido el documento, rubricado en abril de 2014.
El abogado de la ex consejera, Horacio Oliva, le ha solicitado en un escrito que incorpore el informe a la pieza separada centrada en el denominado «procedimiento específico» por el que se repartieron ayudas millonarias, o sea, la rama política del caso que afecta a los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán y a otros 50 ex altos cargos, entre ellos su cliente. Le pide también que cite al autor, el catedrático emérito de Derecho Financiero y Tributario en la Universidad Autónoma de Madrid, Juan Ramallo Massanet, para que lo ratifique en sede judicial.
¿Qué supone su dictamen? Ataques a la base de la arquitectura del proceso diseñada por Alaya como que «carece de todo fundamento la imputación que se realiza a determinados cargos públicos» como la ex consejera, «de incrementar ilícitamente la partida de las transferencias de financiación –que tilda de herramienta «inocua» en cuyo uso no ve «irregularidad de ningún tipo»– del programa 31L –el llamado ‘fondo de reptiles’–». O que es un «mayúsculo error» identificar «la ausencia de fiscalización previa –sólo en la fase de pago– como ausencia total de control». Ramallo sostiene que en la elaboración y ejecución de las cuentas andaluzas intervenían todas las consejerías y que las competencias atribuidas a Hacienda no pueden verse «como vértice de una estructura piramidal». La titular de ese departamento no podía, por ejemplo, «alterar los estados de gastos elaborados en la Consejería de Empleo» modificando su plasmación en programas y partidas, sin «invadir ámbitos competenciales ajenos e incurrir con ello en la infracción de la legalidad vigente en Hacienda». El perito defiende que Álvarez no tenía capacidad de «veto» del modelo elegido por aquel departamento para nutrir las ayudas, las polémicas transferencias, ni tenía «cometido alguno» en la gestión de sus créditos, por lo que, «no podía depender de ella el uso legal o ilegal» de sus fondos, incluida la 31L. Sin dejar las transferencias, avisa de que la «maquinación delictiva» que se presume por su utilización para «soslayar los controles de la Intervención», no prosperará jurídicamente al «partir de una premisa falsa».Tilda además de «antediluviana» la concepción sobre la técnica del control previo defendida por los peritos de la IGAE y concluye: «Los reproches no pueden formularse a quien actuó en todo momento con sujeción a la legalidad financiera y presupuestaria, sin recibir ninguna advertencia para impulsar medidas normativas u otro tipo de correcciones ante las irregularidades que sí llegó a detectar la Intervención». Un órgano que no presentó nunca, recuerda, informe de actuación.
Se confirma que el PP está personado
La instructora de los ERE, María Núñez Bolaños, ha confirmado la personación del PP-A como acusación en el caso al entender que «el cambio de la persona física que ostente el cargo al que corresponda la representación legal del partido no afecta, en absoluto», a la misma. La personación, acordada en abril de 2011, «sigue siendo válida», asevera.
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