Tribunales

Absuelven al edil que ordenó detener a una vecina de Llíria

Pese a considerar que sí lo hizo, no pudo prevaricar pues no tenía autoridad para ordenarlo

Absuelven al edil que ordenó detener a una vecina de Llíria
Absuelven al edil que ordenó detener a una vecina de Llírialarazon

La sección tercera de la Audiencia de Valencia ha absuelto al concejal socialista de Lliria, Pedro Vicente Alamá, quien ordenó a la policía local a su cargo, detener a una vecina de la localidad que protestaba por el jaleo estaba organizando la comisión fallera de su calle durante la celebración de la Feria de Abril.

Considera la sentencia que el concejal no incurre en el delito de tentativa de detención ilegal ni de prevaricación, pues no tiene autoridad paa hacerlo.

La sentencia considera demostrado que el concejal, ante las quejas respecto al horario de apertura y terminación de un evento de la Feria de Abril de la falla plaza de Pedralba de Llíria, donde ella reside, y ante la presencia de una patrulla policial que se acercó a la falla para ver si eran ciertas las quejas, el edil se acercó al coche patrulla y les dijo que la citada vecina «os tiene acojonados, tiene a todo el pueblo acojonado. ¡Tiradla de ahí! ¡Detenedla! ¡No os deja trabajar!» Y ante la sorpresa del agente que recibía estas órdenes, y ante su pregunta sobre si estaba hablando en serio, el concejal insistió: «de broma nada. Te ordeno que la tiréis de allí o la detengáis». Y no contento con ello, explicó al perplejo agente que «si tu pillas a un pobre ciudadano desgraciado que ha bebido y va con el coche lo detienes. Por menos has montado un zipi-zape».

El concejal acabó de redondear la faena con un «el horario de finalizar los actos no es a las doce ni a la una y media, es cuando lo dice el concejal de fiestas».

Considera el juez Carlos Climent que el concejal de la Policía Local «realizó una indudable sobreactuación rodeado de público en un evento festivo, embebido vanidosamente de una autoridad de la que carecía desde el punto de vista operativo, llegando a referirse a que sui hacía falta se detuviese a una ciudadana que en ejercicio de sus derechos cívicos estaba efectuando una reclamación, en lugar de actuar como un servidor público que trata de conciliar de la mejor manera posible los diversos intereses concurrentes en un conflicto como el descrito».

Compañeros «sordos»

La sentencia otorga toda la credibilidad al agente pese a que sus compañeros y sus superiores no ratificaron su versión, y además el juez secunda los argumentos de la abogada de la acusación a la hora de interpretar por qué sus compañeros no oyeron las imprecaciones y amenazas del alcalde: en un caso considera que la compañera del agente dijo no oir «por ser interina» y en el caso del otro agente, franco de servicio y fallero de la falla, señala la sentencia que es «amigo» del acusado. La abogada se refirió en el juicio también al intendente del que dijo que le habían hecho en el mes de abril una plaza con su nombre.