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Emprender en un santiamén

Los hosteleros de Valencia adoptan un sistema para lograr licencias de apertura definitiva en apenas unos días Antes se necesitaban dos años para obtener el permiso de actividad

Las trabas burocráticas llegaban a provocar el cierre de locales incluso antes de que el negocio arrancara
Las trabas burocráticas llegaban a provocar el cierre de locales incluso antes de que el negocio arrancaralarazon

Los hosteleros de Valencia adoptan un sistema para lograr licencias de apertura definitiva en apenas unos días Antes se necesitaban dos años para obtener el permiso de actividad

Uno de los mayores problemas a los que se enfrenta un empresario hostelero a la hora de abrir un nuevo negocio son los trámites administrativos a los que debe hacer frente, y entre ellos destaca el tema de la obtención de la licencia definitiva de apertura de su local.

Hasta el año 2010, el tiempo medio que necesitaba un empresario para obtenerla era de prácticamente dos años debido a los farragosos trámites burocráticos. A pesar de que esta problemática situación se intentó solucionar hace cinco años con la Ley 14/2010, de Espectáculos Públicos y la inclusión de la figura de la «declaración responsable» por parte del empresario. Este debía aportar la documentación de inicio de actividad, pero los plazos para obtener la licencia definitiva seguían siendo muy amplios, concretamente cerca de un año, generando una situación de inseguridad jurídica y provisionalidad que no beneficiaba en nada a la actividad empresarial.

Sin embargo, desde hace unos meses, con la aprobación del nuevo Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010 y el acuerdo al que llegó la Federación Empresarial de Hostelería de Valencia (FEHV) con la empresa «Soluciones de Arquitectura, Ingeniería y Urbanismo, S.L» (inscrita como organismo de certificación administrativa -OCA-), los asociados de la Federación podrán obtener su licencia de actividad de manera inmediata y con unas condiciones especiales y ventajosas respecto a las tarifas de mercado.

Para ello, se deberá presentar, además de la documentación pertinente con su declaración responsable, un certificado de la OCA que acredite el cumplimiento de los requisitos técnicos y administrativos exigidos por la normativa en vigor para la apertura de un establecimiento público.

De esta manera, de un día para otro y sin necesidad de otorgamiento municipal, el empresario tendrá la seguridad jurídica de que su establecimiento tiene, con carácter definitivo y no provisional, su licencia para iniciar su actividad.