Ministerio de Justicia

Condenada a 15 años de inhabilitación la jueza del «caso Moma»

La jueza Coro Cillán fue apartada de forma cautelar en abril
La jueza Coro Cillán fue apartada de forma cautelar en abrillarazon

Madrid- 15 años de inhabilitación y una multa de 15 euros diarios durante 18 meses por prevaricar en la administración judicial de la discoteca Moma 56. Ésa es la condena que el TSJM ha impuesto a la jueza de Instrucción número 43 de Madrid, María del Coro Cillán, una sentencia recurrible al Supremo en el plazo de 5 días. El CGPJ ya había suspendido de forma cautelar a la magistrada el pasado mes de abril tras la apertura del juicio oral contra ella. La sanción implica en la práctica la pérdida definitiva de su destino actual, por lo que, con toda probabilidad, quedará apartada de su carrera profesional. Cillán, que ha sido acusada de «inestabilidad» para asumir un juzgado por tener algunos problemas con el alcohol, incurrió en «prevaricación judicial» en septiembre de 2011, cuando precintó la discoteca Moma de «forma arbitraria» para beneficiar a uno de los afectados a sabiendas de que su decisión no era justa. La sentencia considera probado que la jueza actuó de forma arbitraria y benefició a uno de los querellantes (que interpuso la denuncia cuando el juzgado de Cillán estaba de guardia) en el conflicto del famoso local de copas de José Abascal, que enfrentaba a «varios» supuestos propietarios tras una discusión de negocios entre socios. Tras el precinto de la discoteca acordó, al día siguiente, el nombramiento de administradores judiciales, entre quienes posteriormente incluyó a una persona con quien le unía una «amistad íntima» y para quien fijó primero unos honorarios de 18.000 euros y luego, una paga mensual de 2.500 euros, todo ello con cargo a la sociedad. Algunos funcionarios aseguraron a los investigadores del CGPJ que se trataba de su pareja sentimental.

Estas decisiones, según la sentencia, «no eran sostenibles jurídicamente mediante ningún método aceptable de interpretación de la Ley, ni cumplían los mínimos parámetros de motivación, constitucionalmente exigible». Así, «carecían de una fundamentación jurídica razonable distinta de la voluntad de la autora, con claras contradicciones internas», a lo que hay que añadir que asumió funciones fuera de su competencia «sin observar las normas del reparto debido». Y s que el TSJM estima que «la prevaricación judicial» no puede entenderse «como un ataque a la independencia judicial, sino como una exigencia democrática».

Coro Cillán fue polémica por reabrir la causa del 11-M al ex jefe de los Tedax de la Policía, Sánchez Manzano. También llevó la investigación del «caso Balcón de Rosales», en el que se juzgaba la muerte del joven Alvaro Ussía.