Ayuntamiento de Madrid

El Colegio de Arquitectos incumple las normas urbanísticas

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado nulo el plan especial, aprobado por el Ayuntamiento de Madrid en 2017, que permitía al Colegio de Arquitectos de Madrid (Coam) organizar eventos (como fiestas o su restaurante).

Sede del Colegio de Arquitectos de Madrid
Sede del Colegio de Arquitectos de Madridlarazon

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado nulo el plan especial, aprobado por el Ayuntamiento de Madrid en 2017, que permitía al Colegio de Arquitectos de Madrid (Coam) organizar eventos (como fiestas o su restaurante).

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado nulo el plan especial, aprobado por el Ayuntamiento de Madrid en 2017, que permitía al Colegio de Arquitectos de Madrid (Coam) organizar eventos (como fiestas o su restaurante), ya que no cumple con el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, como ha podido saber LA RAZÓN.

Como explican desde la Asociación de Vecinos de Chueca, entidad que junto a Ecologistas en Acción y la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (Fravm) interpusieron el recurso contencioso administrativo, “valoramos muy positivamente la decisión” e insisten en que “llevamos años denunciando la ilegalidad y las molestias que el ocio nocturno, generado en la sede del Colegio de Arquitectos, provoca en el barrio”. Sin embargo, “no tenemos constancia de que el Ayuntamiento de Madrid haya tramitado ninguna de las denuncias interpuestas”, reclaman desde la asociación de vecinos.

La sede del COAM -por cesión del Consistorio- ocupa parte del edificio de propiedad municipal de las antiguas Escuelas Pías de San Antón. Desde su inauguración, en 2012, parte de los espacios cedidos al COAM se alquilan para celebrar eventos “que nada tienen que ver con su actividad profesional, como presentación de marcas comerciales deportivas, cosméticas, bebidas, entre otras. En ocasiones, se han organizado fiestas hasta la madrugada con música en directo, al aire libre, en el jardín interior del complejo”, insiste los denunciantes.

A raíz de las denuncias interpuestas ante el Ayuntamiento de Madrid por la Asociación de Vecinos de Chueca y Ecologistas en Acción, en lugar de paralizar las actividades que carecían de licencia, “el Consistorio decidió legalizar la celebración de esos eventos mediante la aprobación, en julio de 2017, del Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos (PECUAU)”, decisión recurrida a la Justicia. Así, el TSJM ha anulado esta determinación asumiendo los argumentos de estos colectivos. La sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, determina que el Plan no se sometió al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, que carece de los informes preceptivos de evaluación de impacto normativo sobre la identidad o expresión de género, así como que los usos terciario-recreativo que autoriza el PECUAU no son admisibles según el plan general de ordenación urbana de Madrid. Por tanto, “la actividad de restauración, fiestas, eventos ajenos a la actividad profesional del COAM es ilegal”, subrayan los denunciantes.