Madrid Arena
Los locales de gran afluencia pasarán una ITV de seguridad
Todos los locales de gran afluencia de público deberán pasar una inspección técnica cada siete años. Desde el pasado 1 de abril, el Ayuntamiento de la capital ha comenzado la revisión de aproximadamente un 20% del catálogo de actividades comerciales para asegurar que todos los locales madrileños que acojan a multitudes tengan las máximas garantías de seguridad. Esta norma, que parece haber emanado de la tragedia del Madrid Arena, en realidad proviene de la Ordenanza de Licencias de 2009 que surgió a raíz del «caso Guateque». Pese a ello, este refuerzo en la vigilancia de los establecimientos se suma a las medidas que ya ha puesto en marcha el consistorio madrileño para vigilar el transcurso de los eventos masivos y que no vuelvan a pasar sucesos como el de la fiesta de Halloween en el recinto de la Casa de Campo.
Al igual que los edificios tienen su inspección técnica cada diez años y los vehículos cada cuatro años y cada dos, los locales de gran afluencia y los afectados por la Ley de Espectáculos Públicos deberán revisarse cada siete años para comprobar sus medidas de seguridad. Así, supermercados, centros sanitarios, escuelas infantiles y locales de ocio y hostelería tendrán que acudir a las Entidades Colaboradoras en la tramitación de Licencias Urbanísticas (eclus), que son las agencias autónomas creadas por el consistorio para gestionar los trámites necesarios para obtener una licencia, para hacer la inspección.
Normativa anti-incendios
«Se comprobará que el desarrollo de la actividad es seguro, que los recorridos de evacuación están despejados y tienen el ancho suficiente y, por otro lado, que sus instalaciones no afecten a la contaminación medioambiental, como, por ejemplo, el ruido de unos aparatos de aire acondicionado», explica José Fernández, gerente de la Agencia de Gestión de Licencias (Agla) del Ayuntamiento de Madrid. El objetivo es comprobar que no se hayan modificado las condiciones de seguridad como, por ejemplo, que se disminuyendo la capacidad de evacuación de un edificio al modificarse el interior.
En este sentido, otro de los aspectos que se vigilarán serán los aforos calculados para el recinto y si éstos se cumplen, así como el estado de las instalaciones de protección contra incendios. Y, respecto a la seguridad medioambiental, se medirán los vertidos o las emisiones de radiaciones que pueda haber, por ejemplo, en caso de una clínica privada o un gran hospital. Además, también se revisará que la actividad y el local se corresponden con la licencia otorgada para destapar cualquier posible fraude.
Esta revisión, que es obligatoria aunque durante este primer año está en proceso de implantación, se realizará a través de las agencias colaboradora que, al igual que a la hora de abrir un negocio nuevo, tendrán que comprobar las condiciones del local y, después, emitir un informe favorable o desfavorable. «Este informe tendrá un coste que oscilará entre los 2.500 euros de los locales más grandes hasta los 350 de los de menos de 300 metros cuadrados», detalla Fernández.
Si el informe resulta desfavorable, los establecimientos deberán subsanar las deficiencias encontradas. El plazo de concesión del informe favorable final dependerá de lo que tarden en arreglar los problemas. Para asegurarse de que todo es correcto y se cumple con la normativa, las inspecciones las realizarán técnicos acreditados por el Ayuntamiento pertenecientes a una eclu.
En concreto, deberán pasar este trámite los locales de ocio y hostelería mayores de 300 metros cuadrados y sujetos a la Ley de Espectáculos Públicos. Es decir, una cafetería no tendrá que pasarlo, pero sí un bar de copas con horario nocturno porque tiene incidencia medioambiental por el ruido de la música. También las discotecas, salones de juego y casinos, cines, teatros, restaurantes hoteles y salas de baile.
Los grandes centros comerciales, los supermercados de todo tipo de tamaños y los garajes con ventilación forzada y los robotizados también deberán obtener este informe. Igualmente, tanto las escuelas infantiles y colegios públicos o privados y los centros sanitarios –también los veterinarios– y para discapacitados o con personas que no puedan evacuar por sus propios medios deberán pasar este trámite cada siete años.
«Desde el 1 de abril se está exigiendo a los locales cuya actividad económica comenzó antes de 1980. A partir de 2015 tendrán que presentarlo el resto de establecimientos, aproximadamente un 20% de todos los de la ciudad», afirma el gerente del Agla. En el caso de los negocios de nueva apertura tienen que realizar los trámites que ya se exigen, es decir, según su actividad económica podrán abrir tan sólo con una declaración responsable y la comprobación de que cumplen con todos los requisitos necesarios. «Después de siete años, sí tendrán que pedir que se revise su seguridad y obtener el informe periódico», concluye Fernández.
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