Homicidio imprudente
La Fiscalía denuncia a una médica y la gerente de una residencia de ancianos
Se les acusa de hacer caso omiso al protocolo de actuación en casos previstos para pacientes con Covid- 19
La Fiscalía Provincial de Madrid ha denunciado a la doctora y a la gerente de una residencia privada de ancianos por los delitos de homicidio imprudente y por el de denegación de asistencia sanitaria, en el caso, A. M. G., y por el de omisión del deber de socorro en el de M. J. A.. La representante del Ministerio Público afirma que las dos mujeres denunciadas hicieron caso omiso al protocolo de actuación en casos previstos para pacientes con Covid-19, lo que provocó el fallecimiento de una mujer de 85 años pocos días después de haber ingresado en el centro.
La residencia, de naturaleza privada y con 46 plazas de las cuales 44 estaban ocupadas a principios del mes de marzo, disponía de un equipo sanitario compuesto de un médico y una terapeuta. Durante la gestión de la crisis sanitaria provocada por la enfermedad Covid-19, entre los meses de marzo y junio de 2020, la atención sanitaria a sus usuarios continuó siendo prestada por la misma doctora A. M. G., que atendía de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas, “estando disponible el resto del tiempo en su teléfono móvil”, que contó con la colaboración, dentro de su disponibilidad, del equipo médico del Centro de Salud Isla de Oza.
Desde el 13 de marzo, “por disposición de las autoridades autonómicas competentes”, se contaba también con el apoyo de una geriatra de referencia quien estaba a disposición del equipo sanitario de la residencia de 8:00 a 22:00 horas todos los días de la semana en su teléfono móvil o bien a través del portal sociosanitario.
Durante el mencionado periodo epidémico, se aprobó un protocolo que regía las interconsultas de las residencias y los centros hospitalarios, cuyo borrador fue remitido el día 19 de marzo de 2020 a la Residencia a fin de ser tomado como documento de referencia para el manejo de los casos.
El denominado “Protocolo de coordinación para la atención a pacientes institucionalizados en centros residenciales de la Comunidad de Madrid durante el periodo epidémico ocasionado por el COVID-19”, establecía un sistema de comunicación con el hospital de referencia, a fin de que fuera el geriatra de enlace quien, sobre la base de la información suministrada por la residencia, realizando una valoración integral de los pacientes, decidiera si se beneficiarían más de su traslado hospitalario o de la asistencia en el centro residencial. Para la valoración de cada caso, se tomaban en cuenta, tanto las condiciones de los pacientes, como las de la residencia, como el hecho de que ésta contara con personal sanitario 24 horas al día los siete días de la semana y su nivel de cualificación, a fin de garantizar que, en su caso, los tratamientos iban a ser administrados correctamente.
La Fiscalía sostiene que “desatendiendo todas estas previsiones que le eran –y debían ser- conocidas”, la doctora no contactó hasta ocho días después con el servicio de geriatría del Hospital Universitario Fundación Jiménez Díaz, en relación con la situación de una residente que había comenzado con problemas respiratorios el 22 de marzo. Pese al rápido traslado al centro hospitalario dispuesto por la geriatra de referencia, no se pudo impedir su fallecimiento al día siguiente, como consecuencia de una parada cardiorrespiratoria.
La mujer fallecida, de 89 años de edad, presentaba el 23 de marzo un cuadro inespecífico, que incluía saturación de oxígeno en sangre por lo que la doctora denunciada le pautó gafas nasales, consiguiendo que aumentara la saturación. Sin embargo, en lugar de ponerse en contacto con la geriatra de referencia, “como debería haber hecho según el protocolo vigente”, llamó a otra doctora del Centro de Salud Isla de Oza, para que tramitara la derivación hospitalaria.
Cuando al día siguiente la doctora de la residencia constató que el traslado no se había llevado a efecto, consultó con el centro de salud, donde le indicaron que no había sido posible porque el 061 estaba aplicando protocolos de priorización de pacientes en los traslados que realizaba. “Lejos de llamar a la Fundación Jiménez Díaz para activar el protocolo de derivación que le correspondía – explica la Fiscalía-, procedió a tratar a la usuaria en la residencia, donde no disponían de servicio de enfermería y a pesar de que su propio turno de asistencia terminaba a las 13:00 horas”.
Dos días después de su ingreso en la residencia la paciente mantenía estable la saturación de oxígeno en sangre, si bien tenía 37.1 de temperatura y crepitaciones leves bibasales en los pulmones, además de presentar un cuadro de vómito. “No obstante, ni ese día ni el siguiente, del que no hay registros médicos, se realizó consulta alguna con la geriatra de referencia, y ello a pesar de que el día 26 de marzo se comenzaron a hacer e-consultas, incluida la relativa al propio esposo de (la paciente), al que la doctora (la geriatra de referencia) pautó oxigenoterapia en esa fecha, y quien finalmente sobrevivió a la enfermedad”, añade el escrito de denuncia.
El día 27 de marzo, la doctora denunciada decidió aumentar el oxígeno, con lo que consiguió una mejor saturación. Los días 28 y 29, “dado que era fin de semana”, no se le realizó ningún examen, pues la doctora no tenía servicio “y no dejó solicitada visita de los médicos de urgencia del centro de salud, por lo que, aunque los hijos de la fallecida intentaron reiteradamente que acudieran a examinar a su madre, éstos señalaron que no procedía, dado, además, que la habían evaluado durante la semana”. La gerente de la residencia tampoco se encontraba en las instalaciones “dejando a la usuaria al cuidado de los gerocultores, que carecían de cualificación sanitaria”.
Finalmente, el 30 de marzo, los familiares de la paciente consiguieron averiguar a través de personal del 112, que las derivaciones de usuarios institucionalizados en residencias eran posibles: De ahí que se pusieran en contacto con el servicio de atención al paciente del Hospital Universitario Fundación Jiménez Díaz, donde realizaron la consulta urgente a la geriatra de referencia, “que nada sabía sobre la situación de esta usuaria”, quien dispuso todo lo necesario para el traslado la mujer.
Paralelamente, un equipo médico del sistema de salud pública valoró junto a la doctora denunciada a la paciente que constató su “notable” empeoramiento durante el fin de semana en que no había recibido asistencia médica. “Desconociendo una vez más el protocolo, la doctora intentó una derivación a través del 061, siendo el personal de este servicio de emergencia quien le indicó que debía hacer la solicitud a través de la geriatra de referencia. En base a ello, realizó una e-consulta a las 11:56 horas, que fue inmediatamente contestada, a las 13:12 horas, por la (geriatra de referencia), quien gestionó personalmente el traslado urgente, enviando un mensaje de correo electrónico al jefe de guardia del SUMMA”, concluye la Fiscalía.
Por último, la denuncia alude a que la gerente de la residencia era conocedora de la situación clínica de la paciente y de las posibilidades reales de tratamiento médico que tenía en su centro. Pese a ello, “nada dispuso para asegurar la cobertura sanitaria de la usuaria durante los periodos en que la doctora contratada se ausentaba de la residencia –especialmente durante el fin de semana anterior al fallecimiento- ni para alertar a las autoridades, con las que se mantenía en comunicación para requerirles medios materiales y personales para la gestión de la pandemia, de la necesidad de tratamiento urgente de la usuaria”.
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