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Tráfico

Superinfractores: más de cien multas (y 35.000 euros) por cruzar la ciudad de Madrid

Se trata de no residentes en la capital que traspasan diariamente las ZBE de Madrid

Los no residentes en Madrid sin etiqueta ya reciben multa por entrar en la capital Alberto R. Roldán

Piensen en el «dolor» que causa recibir una multa... Y ahora, multiplíquenlo por cien. O por cerca de doscientos. Esos son los casos que están llegando a los despachos madrileños de abogados. «Tenemos el caso de una persona con 177 multas. Pero no es la única. Otra acumula 130; otra 125; otra un centenar...», explica a LA RAZÓN Miguel Molina, abogado del departamento de sanciones de trágico de Legálitas.

La aprobación de la Zona de Madrid Bajas Emisiones (ZBE Madrid) tuvo su primera prueba de fuego el 1 de enero de 2024. Entonces, los vehículos sin etiqueta –gasolina anteriores al año 2000, y diésel anteriores al 2006– no matriculados en la capital, pasaban a tener prohibido su acceso a Madrid ciudad. Tras un período de aviso que se prolongó hasta el 30 de junio, comenzó la «fase sancionadora». ¿El resultado? De acuerdo a Legálitas, un aumento del 10 por ciento en multas con respecto al año anterior. Y los más perjudicados están siendo aquellos que, tras acceder a la zona restringida durante muchos días seguidos, es ahora, varios meses después, cuando reciben «una media de 10 notificaciones cada día».

La situación lleva a que esa persona con 177 notificaciones por el acceso continuado a la Zona de Bajas Emisiones se arriesgue a tener que pagar 35.400 euros. Una suma, por otro lado, «inviable» para la inmensa mayoría de los infractores, ya que tendría que «hipotecarse».

La cuestión es... ¿hay salida para estos infractores? Miguel Molina señala un artículo clave: el 63.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: «No se podrán iniciar nuevos procedimientos de carácter sancionador por hechos o conductas tipificadas como infracciones en cuya comisión el infractor persista de forma continuada, en tanto no haya recaído una primera resolución sancionadora, con carácter ejecutivo». Dicho de otra forma: los conductores están recibiendo «multitud» de denuncias por acceder a las zonas restringidas «sin que hayan recibido una resolución previa y sin que puedan corregir o modificar su conducta».

Un artículo clave

«Nos hemos dirigido al Ayuntamiento alegando el artículo 63.3, pero todavía no hemos obtenido respuesta», explica Molina. Sin embargo, existen otros argumentos legales en los cuales «estamos obteniendo una respuesta favorable por parte de los juzgados». Así, por ejemplo, está el de la «correcta señalización» de las zonas restringidas. «El Ayuntamiento de Madrid envía una foto del vehículo infractor. Y en ella, pocas veces queda claro que la calle esté señalizada correctamente», explican.

Después, está el aumento de la cuantía. De acuerdo a las ordenanzas municipales, el entrar sin estar autorizado en una ZBE acarreaba una sanción leve de 90 euros (45 con pronto pago). Sin embargo, desde 2022, en aplicación de la Ley de Tráfico estatal, pasaba a ser una infracción grave, penada con 200 euros (100 con pronto pago). «Cuando hemos acudido a los juzgados, el juez ha interpretado que, para ser considerada una infracción ‘‘grave’’, debe producirse, por ejemplo, en episodios de alta contaminación», señala Molina. El abogado se refiere a aquellos episodios que, hace años, en la capital, obligaron a la aplicación de un protocolo que impedía circular a los vehículos pares e impares en días alternos.

Por último, está la cuestión del «limbo» judicial en el que se encuentra la ZBE madrileña... que en realidad no es tal. Desde Legálitas recuerdan que, el pasado mes de septiembre, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anuló las partes de la Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento donde se define el ámbito de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en todo el municipio, además de las referidas a Distrito Centro y Plaza Elíptica. Sin embargo, esa decisión no es firme, ya que Cibeles ha recurrido la sentencia al Tribunal Supremo, que todavía debe deliberar al respecto.

«Estas informaciones han llevado a equívoco», señala Miguel Molina. «La gente ha leído que el TSJM anuló la ordenanza y han pensado que ya se podía acceder, desconociendo que, mientras no se resuelva el recurso del Ayuntamiento, va a seguir aplicándose», añade.

Precisamente, ese es el siguiente, y posiblemente último, capítulo de las ZBE madrileñas: el Supremo podría anular definitivamente la ordenanza. «Ese es el dilema», apunta el abogado. «Ya lo vimos en época de Manuela Carmena: el Supremo anuló Madrid Central, pero en su sentencia no dijeron que fuera anulada con carácter retroactivo. Y, por tanto, las multas ya pagadas no se devolvían».

Desde Legálitas confían en que el Supremo anule definitivamente las ZBE. El precedente, la ciudad de Barcelona, donde el tribunal suspendió un ámbito de protección medioambiental similar al madrileño. Entre otros motivos, por el «exceso del ámbito geográfico de implantación». «Una decisión de esa índole tiene que estar siempre avalada por informes», concluye Molina.

►A finales de 2024, el Ayuntamiento decidió extender el período de aviso para los residentes de vehículos sin etiqueta por espacio de doce meses. De esta forma, esos conductores que crucen las ZBE serán notificados de su infracción, pero no multados. Por lo menos, no hasta 2026. «Cuando se empezó a hablar de las etiquetas medioambientales, siempre tuve claro que era anticonstitucional», explica Miguel Molina. «Muchas personas han adaptado su vehículo, han pagado la inspección, lo han dado de alta... Han cambiado muchas estructuras que conllevan un coste. España sabe desde hace mucho que su parking de vehículos es muy antiguo. Querían renovarlo y no sabían cómo. Y lo han hecho a través de las etiquetas. Ahora se centran en los vehículos sin etiqueta, pero después restringirán los B, luego los C...», concluye.