Opinión

La reforma de la Constitución

Lo más relevante es que no existe ningún atisbo de consenso posible que permita abrir un proceso tan complicado

Uno de los lugares más comunes de la política española es la reforma de la Constitución. Es algo que queda bien reivindicar. La cuestión de fondo es que estamos ante otro de los males endémicos de la vida pública que es el desconocimiento de un tema y la superficialidad con que se aborda. Está de moda aseverar que ha quedado antigua y que es necesario modificarla, aunque luego los wiki-expertos son incapaces de concretar cuáles son las materias que la hacen ineficaz o inoperante. Lo más relevante es que no existe ningún atisbo de consenso posible que permita abrir un proceso tan complicado. Por tanto, en este caso surge una vez más el interés partidista, los buenos deseos, los intereses maliciosos de los quieren imponer un proceso revolucionario y la vanidad de los que desearían pasar a la historia como «padres» de una nueva constitución. Más allá de la sucesión a la Corona que establece una injustificable discriminación por razón de género el resto de aspectos no tienen realmente relevancia constitucional. Otra cosa es que permita una mayor aclaración, como citar la relación de las comunidades, o referirse a la Unión Europea, porque cuando se aprobó todavía España no se había integrado en la CEE.

Una vez superada la magia que se otorga a un concepto como sucede en este caso hay aspectos que se podrían abordar, aunque no merecen ninguna urgencia, como son lo que se denominan las libertades y derechos de cuarta generación, la reforma del Senado, incluir un título dedicado a la Unión Europea, las competencias exclusivas y las compartidas, la inspección, la coordinación, etc. y los principios de financiación autonómica. He defendido siempre que se puede hacer todo esto por medio de la modificación de las leyes y reglamentos y con voluntad política que nunca ha existido. Otra cuestión distinta es que por una cuestión de técnica jurídica se puedan hacer modificaciones para que quede mejor perfilada o algún punto que ha perdido vigencia, pero incluso eso no aporta nada. Un ejemplo de manual es la Constitución de los Estados Unidos que se ha ido modificando con las enmiendas que se han ido incorporando con el paso del tiempo. A nadie le importa que la redacción del cuerpo principal provenga de finales del siglo XVIII. Las diez primeras se conocen como la «Carta de Derechos» y las que vinieron luego sirvieron para que el texto haya mantenido su vigencia hasta nuestros días. A esto se añade el papel del Tribunal Supremo que es más ágil y útil que nuestro Constitucional.