Enrique López

40 años de Audiencia Nacional

La Razón
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La Audiencia Nacional fue creada por Real Decreto-Ley el 4 de enero de 1977, el mismo día en que se suprimía el Tribunal de Orden Público, y precisamente esta razón de sustitución ha determinado una suerte de signo de Caín que la acompaña. Recordemos que el Tribunal de Orden Público nace en 1963 para juzgar aquellos delitos cometidos en todo el territorio nacional, cuya singularidad era subvertir, en mayor o menor gravedad, los principios básicos del Estado o sembrar la zozobra en la conciencia nacional. Quienes consideran a la Sala de lo Penal de la AN como una sucesora del viejo Tribunal, desconocen lo que era aquel tribunal franquista, y por el contrario, el servicio que rinde la Sala de lo Penal a la sociedad y a la democracia. En su decreto de creación se dice que se crea «en la necesidad de convertir la seguridad jurídica de los ciudadanos en la piedra angular del Estado de Derecho. Su consecución requiere la existencia de una Administración de Justicia independiente, técnicamente objetivada y adecuada funcionalmente para asegurar un proceso pleno de garantías y una decisión judicial pronta y justa». En definitiva, nace para adaptar la justicia a las nuevas condiciones de vida en la que habían aparecido nuevos tipos de delincuencia y al creciente ámbito de la acción administrativa, con multiplicación de los supuestos de revisión jurisdiccional, en lo que a la Sala de lo contencioso-administrativo se refiere; en contra de lo que se piensa, inicialmente no se la dotó de la competencia para juzgar delitos de terrorismo, fue mediante un posterior Real-Decreto 3/1977 cuando así se concibió. Se crea para juzgar delitos del orden económico de especial trascendencia, cuya acción criminal trascendía al limitado territorio del juez territorial, y que a la postre se ha demostrado como una eficaz forma de investigar este tipo de delitos; algo similar ocurría con el terrorismo, lo que aconsejaba la existencia de órganos centrales de investigación y enjuiciamiento, que ya muchos países comienzan a establecer. Los que entienden que se trata de un órgano de excepción confunden la especialidad con lo excepcional, olvidando que el juez ordinario predetermino por la ley, es precisamente eso, lo que determina la ley y nada más. La legalidad y legitimidad de la Audiencia Nacional es algo indiscutible desde el punto de vista jurídico; cuestión diferente son las visiones políticas que al respecto se tengan, sobre todo los que confunden la lucha contra el terrorismo con sus problemas ideológicos. Pero lo más importante en lo que al ámbito penal se refiere es que se ha convertido en un órgano esencial en la lucha contra la delincuencia organizada, trasnacional e internacional. Se debe hacer un esfuerzo en perfilar mejor sus competencias para que abandone algunas en las que no tiene sentido, y obtenga otras más acordes a su naturaleza, pero de lo que no se puede tener duda es de cómo este órgano, a través del ejercicio de los profesionales que prestan y han prestado sus servicios en el mismo, se ha convertido en un instrumento básico en nuestro orden judicial en defensa de bienes jurídicos esenciales.