César Vidal
Carta de un guardia civil
Me llega una carta escrita por un guardia civil. Según me refiere, en diciembre de 2010, comenzó la construcción de una vivienda propia. Por supuesto, cumplió con todos los trámites legales que concluyeron en 2012. En noviembre de 2015, Hacienda le inició una inspección solicitándole documentación. El guardia civil presentó hasta el último papel, pero la Agencia Tributaria elaboró una paralela con una liquidación provisional como mínimo discutible. Naturalmente, el agente recurrió y, como suele ser habitual, la Agencia Tributaria rechazó todos los recursos y además le impuso una sanción. En junio de 2016, el guardia civil recurrió liquidación y sanción ante el TEAC solicitando, con razones más que fundadas, la nulidad del procedimiento y el reconocimiento de errores graves de la Agencia Tributaria como incluir períodos ya prescritos. Como quien oye llover, Hacienda inició un procedimiento de apremio pretendiendo que pagara más de cinco mil euros de principal más otros mil de recargo. Por añadidura, le embargó la cuenta corriente. Además, junto al embargo, volvió a reclamarle la cantidad ya exigida y, de remate, procedió a embargar también el salario del agente ascendiendo ya la cantidad a una cifra superior a los ocho mil euros. A esas alturas, las cantidades reclamadas en las distintas comunicaciones de Hacienda no coincidían, pero los errores aritméticos, fáciles de constatar, siempre daban como beneficiaria a la Agencia. Toda la historia me afectó, pero lo que ya llegó a sobrecogerme fue la afirmación de que, tras casi un cuarto de siglo al servicio de la nación, con una esposa desempleada y sin ningún tipo de ingresos y con un hijo pequeño, aquel guardia civil estaba hundido moralmente. «En estos momentos», me escribe, «después de que me hayan pisoteado mi dignidad, sólo pienso que no merece la pena vivir». Prueba de que no exagera es que tanto él como su cónyuge se encuentran sometidos a tratamiento médico por culpa de este episodio. Lamenta que en otros asuntos «los infractores pueden recurrir y llegar al Tribunal Contencioso Administrativo y no se le practica ningún embargo hasta que adquiera firmeza en vía administrativa. Sin embargo, cuando se trata de asuntos relacionados con Hacienda, aun teniendo razón el administrado, primero te dan las “ostias” y luego si tienes razón “gasas y betadine”. Acabo la carta abrumado y me digo que todo cambiará seguramente con el nuevo ministro de Hacienda. ¡Ah... que sigue el mismo!».
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