Enrique López

Chesterton

La Razón
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Desde hace un tiempo a esta parte se viene oyendo como cuando alguien no acepta la historia tal cual ha ocurrido, dice que es necesario construir un relato. Esto genera una especie de paradojas difíciles de descifrar, entender y finalmente sostener. Hace dos días se celebró una manifestación para reclamar la liberación de dos condenados por su integración en la banda criminal ETA, y se exigió la elaboración de un nuevo relato. A esto se le acompaña normalmente la morbosa calificación de estos condenados como presos políticos, algo que es en sí mismo tan aberrante e inmoral, como contrario al sentido común. El único delito que se cita expresamente en nuestra Constitución es de terrorismo, y precisamente para determinar que nunca serán considerados delitos políticos (art 13.4 CE); pero erre que erre lo siguen intentando. Denominar a los condenados por delitos de terrorismo en España presos políticos, es obsceno y además profundamente injusto con las víctimas del terrorismo que deben asistir a este tipo de espectáculos con indignación y aborrecimiento. El relato en este caso ya está escrito, y son los cientos de sentencias que han declarado probado todo el relato de viles crímenes cometidos en los últimos cuarenta años, dejando por el camino tanta maldad y dolor. De forma coetánea y con motivo de la celebración de la Fiesta Nacional, hemos asistido a una serie de eruditas reflexiones sobre la colonización española en América, calificándola de genocidio. Cada uno es libre de calificar el fenómeno histórico como le venga en gana, faltaría más, pero esta libertad no puede limitar la posibilidad de hacer a su vez alguna reflexión sobre esta polémica. El relato histórico de lo que ocurrió en América también está escrito y sus consecuencias a la vista. Pero lo que no considero muy acertado es calificar hechos históricos bajo el prisma que determina el grado de reconocimiento y garantías de los derechos humanos, que afortunadamente hemos alcanzado en la actualidad. Cuando el jurista judeo-polaco Raphael Lemkin definió por primera vez en 1944 el término genocidio, no estaba pensando precisamente en las colonizaciones del siglo XV , ni en las del imperio romano, o en las invasiones árabes en Europa, como la sufrida en la Península Ibérica; estaba pensando en un mundo que ya había sacralizado en sus constituciones los derechos a la vida, a la integridad física, a la libertad , a la libertad ideológica y religiosa, etc., como por ejemplo la constitución de Weimar en Alemania, y a pesar de ello se produjo en terrible genocidio. Resulta profundamente erróneo enjuiciar procesos históricos con nuestra concepción jurídica actual. Las colonizaciones entendidas como la acción de dominar un país o territorio (la colonia) por parte de otro (la metrópoli), contrarían hoy el más mínimo respeto al sentido común, al orden internacional y a los derechos humanos, pero los dirigentes políticos del siglo I, X o XV tenían otro entorno jurídico y moral, en el cual debemos enmarcar sus acciones. Felipe II era un rey absolutista porque lo eran todos en aquel tiempo. Como decía Chesterton, la virtud por excelencia del hombre es la sensatez, que nos hace saber estar ante la vida y el mundo.