Impuestos
Injustificado «impuestazo»
Los políticos siempre se muestran deseosos de extraer más recursos de familias y empresas. A la postre, cuanto más dinero ingrese el Estado, más control ejercerá sobre la sociedad. Por supuesto, su capacidad de rapiña no es ilimitada: los propios contribuyentes suelen protestar cuando los gobernantes intentan sustraerles un mayor porcentaje de su propiedad. De hecho, las revueltas fiscales –la insubordinación de los ciudadanos contra el imperium impositivo del Estado– han sido una constante en la historia. Justamente para domar el riesgo de revuelta tributaria, los políticos tratan de construir chivos expiatorios a los que, dentro del imaginario colectivo, quepa culpar de todos los males de la sociedad y a los que resulte muy fácil imponer un tributo sin enfrentar apenas resistencia ciudadana: los ricos, las grandes empresas, las sicav, el fraude fiscal, etc. El último globo sonda de Hacienda (después desmentido por el propio Ministerio) ha sido lanzar la idea de crear un impuesto extraordinario (y temporal) que grave a las grande compañías extranjeras que conforman eso que pomposamente llamamos «nueva economía»: Amazon, Google o Facebook, entre otras. Lo anunció con una inusitada sinceridad la subdirectora general de Fiscalidad Internacional de la Agencia Tributaria, María Jesús Garde: «Existe apetito por gravar este tipo de actividades». Y tanto: un apetito incontenible.
Ciertamente, tenemos la percepción de que estas compañías declaran demasiados pocos beneficios en España y que, en consecuencia, apenas pagan nada por Impuesto sobre Sociedades. Pero, ¿es esto realmente así? Recordemos lo fundamental: una empresa ha de pagar impuestos allí donde genera el valor (esto es, allí donde se encuentra su centro de actividad). Es verdad que compañías como Amazon, Google o Facebook cuentan con algún tipo de infraestructura física en España –especialmente Amazon, por cuestiones logísticas–, pero esas infraestructuras físicas no constituyen la clave –en su cadena de valor global– que explica el origen de sus beneficios, ni siquiera de aquellos que son atribuibles a sus interacciones con clientela española. ¿Dónde se encuentra la fuente de beneficios de estas tecnológicas? En las plataformas digitales que ofrecen a sus clientes —en cualquier parte del mundo— para que compren productos, busquen información o interactúen con personas. El valor se halla allí donde se encuentran los servidores centrales que procesan todo ese fluyo de información y donde se instala el equipo de profesionales que mejoran el protocolo de tales plataformas para seguir atrayendo la atención y demanda de sus clientes. Y, en consecuencia, deberían tributar (y tributan) allí donde realmente generan esos beneficios (en EEUU). Por ejemplo, ¿cómo determinar los beneficios de Google en España? ¿Restando a los ingresos por publicidad obtenidos en España aquellos gastos operativos de la sede? Sería un despropósito: los principales gastos en los que ha de incurrir Google para que haya anunciantes dispuestos a contratar sus servicios no dependen del personal contratado en España, sino de que Google sea, y siga siendo, un excelente buscador utilizado en nuestro país. ¿Y dónde se desembolsan los principales gastos para conseguir que Google siga siendo un excelente buscador? No en España, sino en EEUU. Por tanto, si calculáramos la base imponible restando ingresos y gastos en España, estaríamos sobreestimando ampliamente los beneficios de Google en nuestro país y, por tanto, castigándola con un impuestazo confiscatorio y del todo injustificado.
Todo ello, empero, parece que no va a impedir que nuestros gobernantes sigan adelante con sus ansias expoliadoras: han visto a las grandes tecnológicas estadounidenses como vacas lecheras que muñir y no van a parar hasta dejarlas secas, esto es, hasta que opten por largarse.
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