Constitución
La obligación de acatar la Constitución
Por unanimidad, los once magistrados que forman el Tribunal Constitucional (TC) han anulado la resolución independentista del Parlamento de Cataluña, cerrando de esta manera la puerta al plan secesionista impulsado con menos de la mitad de los votos del electorado. De no cumplirse la sentencia, se pondría en marcha el artículo 92 de la ley del TC, que le otorga medios para que sea acatada. La declaración separatista del pasado 9 de noviembre no dejaba margen de dudas de que, además de ser anticonstitucional, mostraba su clara voluntad de incumplir las leyes «españolas» y, de manera especial, la Carta Magna. De ahí que la sentencia sea clara y no haya habido ninguna divergencia entre los magistrados. Los puntos claves son: la soberanía nacional la ejerce el conjunto del pueblo español; la nación española es indisoluble; todos los poderes públicos deben obediencia a la Ley y la Constitución. El punto central de la resolución se basa en que no se puede enfrentar la legalidad del Parlament a la de las instituciones del Estado: «No cabe contraponer legitimidad democrática y legalidad constitucional en detrimento de la segunda». Los nacionalistas sabían que con su declaración se enfrentaban directamente a la democracia española, así que la respuesta del Estado debe ser con la Ley y haciéndola cumplir.
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