Reino Unido
Justicia para el crucifijo
Estrasburgo reconoce el derecho a llevar a la vista una imagen religiosa en el trabajo. La sentencia obliga a Reino Unido a indemnizar a una empleada de British Airways
El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo falló ayer de distinta manera en sendos casos de empleados que reclamaban su derecho a llevar crucifijos en el trabajo. El primero de los dos casos afecta a Nadia Eweida, una mujer de 61 años que trabaja en British Airways, aerolínea que le prohibió lucir una imagen religiosa en el cuello durante su horario laboral. Para ello, los responsables de la compañía en el aeropuerto londinense de Heathrow alegaron que llevar un crucifijo perjudicaba el concepto de marca de la aerolínea. Los magistrados entienden que los tribunales británicos no respetaron un «justo equilibrio entre, por un lado, el deseo de la demandante de manifestar su fe y poder comunicársela a los demás, y, por otro, respetar la imagen de la marca».
Asimismo, la sentencia destaca que otros empleados de British Airways «recibieron autorización para llevar vestimentas religiosas» –como turbantes o velos– sin que ello supusiera «ningún efecto negativo sobre la imagen de marca y la reputación de la compañía». El Estado británico tendrá que indemnizar a Nadia Eweida con 2.000 euros por daños morales y 30.000 más por los costes del proceso, por la vulneración del artículo 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, sobre libertad religiosa.
Nadia Eweida comenzó a trabajar en 1999 como personal de facturación de equipajes de British Airways, puesto en el que el uso de uniforme es obligatorio. El código la aerolínea solicita que las mujeres lleven blusa de cuello alto y un pañuelo, sin joyas visibles. Por lo que cualquier elemento que portara el personal de la compañía por motivos religiosos tendría que estar cubierto y, si esto no fuera posible, se requeriría la autorización de la aerolínea. Hasta mayo de 2006, Eweida llevó una pequeña cruz colgada del cuello, oculta bajo su ropa. Más tarde, como símbolo de compromiso con su fe, decidió mostrarla. En septiembre fue suspendida de empleo y sueldo hasta que volviera a cumplir con las normas. Un mes más tarde, la compañía le ofreció un trabajo administrativo, en el que no tendría que llevar uniforme ni tener contacto con los clientes. Eweida prefirió seguir sin empleo a contravenir sus creencias. En 2007, la aerolínea cambió de política y aceptó el uso de símbolos religiosos, lo que permitió que la demandante volviera a su puesto en febrero.
¿Riesgo para los pacientes?
Por otra parte, el mismo tribunal falló en contra de Shirley Chaplin, una enfermera de 58 años del Royal Hospital de Devon y Exeter (suroeste de Inglaterra), a la que también se le prohibió lucir el crucifijo y que, tras su negativa, fue despedida tras 21 años de servicios. Los responsables argumentaron que suponía un riesgo para la seguridad y la salud de los pacientes, ya que podría dañar a alguno de ellos o podría contactar con una herida abierta.
Para los magistrados, el caso de Shirley Chaplin no supone una violación de la libertad religiosa y que la obligación que le fue impuesta «no era desproporcionada» ni suponía una discriminación. Shirley seguirá con su lucha y ha anunciado que recurrirá la decisión.
«No hay sitio para cristianos»
Gregor Pupinck, director del Centro Europeo para la Ley y la Justicia (entidad que ha intervenido en ambos procesos), lo más inaceptable es que se «considera que el despido de ambas empleadas es proporcional a la obligación de su jefe de aplicar las políticas de igualdad y diversidad. La negativa a atender las peticiones de las trabajadoras supone una sanción de carácter ideológico, dando a entender que no hay lugar para los cristianos en sus empresas».
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