DGT
¿Me pueden multar por conducir en chanclas o comiendo o si el copiloto pone los pies en el salpicadero?
Se acabó el estado de alarma y aunque las normas de tráfico nunca han dejado de estar en vigor pasaremos a movernos más: mucho cuidado con las sanciones
Este domingo finaliza el estado de Alarma y se instala en España la “nueva normalidad” y algunos españoles ya piensan en lanzarse a la carretera para acudir a sus segundas residencias o viviendas de veraneo. Con el buen tiempo llegan las escapadas a la costa para disfrutar de la playa y descansar. Pero no hay que perder de vista que durante nuestros desplazamientos hasta nuestro lugar de asueto estival o en trayectos cortos hasta las calas o los restaurantes, debemos observar las normas de circulación, porque si no, el verano puede salirnos más caro de lo previsto.
Llegar a tiempo, no deprisa
La prisa volverá a instalarse en nuestras vidas y también al volante, pero no debemos olvidar que el exceso de velocidad es la causa más importante de muertes en la carretera y toda la campaña de la Dirección General de Tráfico (DGT) va orientada a frenar esta tendencia con campañas anuales y el cambio en el funcionamiento de los radares. El exceso de velocidad está penado con multas que oscilan entre los 100 y los 600 euros y la retirada de 6 puntos del carné.
Conducir sin “extras”
El verano es propenso al desmelene y el coche se utiliza erróneamente bajo los efectos de drogas o alcohol consumidos en fiestas o con grupos de amigos. Esta tendencia pone en peligro la vida del conductor y también la del resto de ocupantes de las carreteras. Las multas por conducir ebrio o bajo el consumo de drogas son de 1.000 euros y la retirada de 6 puntos.
El coche sí, ¿y los papeles?
Muchas veces salimos de casa y antes de llegar al ascensor ya nos hemos asegurado de que llevamos las llaves del garaje y las del propio coche. Pero igual de importante, por pequeño que sea el trayecto, es llevar encima el permiso de conducir. Es cierto que no es una multa exclusiva del verano, pero las prisas por preparar el equipaje o coger sitio en la playa nos puede causar el olvido. La multa por no llevar el carné es de 10 euros.
Después de más de tres meses de confinamiento, muchas de las gestiones relacionadas con el vehículo se han quedado paralizadas o pospuestas. Una puede ser la renovación del carné de conducir y otra pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Si nos agentes nos detienen el coche y no la tenemos caducada la multa es de 200 euros, pero si no está validada puede suponer hasta 500 euros de pena e incluso la inmovilización del vehículo.
El hábito hace al monje
Qué comodidad la de cambiar el calzado y pasar del zapato cerrado al calzado bajo, abierto o a las chanclas. Pero estas últimas, tan útiles en playas y piscinas, son una trampa para los conductores porque aunque no explícitamente, llevar chanclas (también zapatos de tacón) para conducir infringe el artículo 17 del Reglamento General de Circulación (RGC), «los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos«, y conducir con chanclas o descalzos se considera que puede interferir en el control del vehículo. Supone la multa leve de 80 pero puede llegar a 100, con descuento por pronto pago.
También, y ante las temperaturas esperadas, es fácil que tengamos la tentación de quitarnos la camiseta al volante para evitar el sudor y el calor que puede hacer dentro de un vehículo expuesto al sol y a los atascos. Pero este hecho viola el artículo 18 del RGC y acarrea una sanción económica de 80 euros y tres puntos menos del carné.
Lo que no sea conducir
Los viajes a veces son largos y le pedimos al copiloto un poco de agua o un trozo de bocadillo mientras conducimos, o incluso nos lo servimos nosotros, aunque la lógica y la normativa indica que para comer y beber el conductor debe parar en áreas de servicio o en las destinadas a comer. Si los agentes nos encuentran comiendo o bebiendo, poniendo en peligro la conducción, la multa es de 100 euro. A los que se le ocurre maquillarse o afeitarse, 200 euros y la retirada de 2 puntos.
De cine
El sol acompaña en el viaje, las ventanillas las llevamos abiertas porque es mejor sentir el aire que entra por ellas que el que nos ofrece el aire acondicionado del vehículo. Todo el momento se presta a simular el anuncio de BMW de sacar la mano por la ventanilla, o incluso apoyar el codo como en las películas; puede incluso que nuestro copiloto se haya reclinado en su asiento y haya sacado los pies por la ventanilla o los ha apoyado en el salpicadero. Pues infringimos la normativa: “El conductor deberá cuidar especialmente mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos (artículo 11.2 del texto articulado)». Multas para todos: 80 euros por apoyar el codo o sacar la mano; pies en el salpicadero, 100 euros.
No sin mis amigos
Que vamos aquí al lado, y nos cabe el vecino, su perro, la abuela y un par de niños, total es un kilómetro. Llevar más pasajeros de los permitidos, por muy corto que sea el trayecto, también se paga: llevar más personas que cinturones se paga a 80 euros; si excede el 50 por ciento de los permitidos puede llegar a 500 euros y a retirad del carné 3 meses.
¿Y la tentación de estacionar el coche y poner la música o circular con ella a toda pastilla?: puede tener consecuencias en forma de multa si atraviesas una zona de descanso como las residenciales o los hospitales y sus alrededores. Las cantidades oscilan entre los 80 y los 100 euros, pero se pueden disparar hasta los 2.400 si se interrumpe el descanso de los vecinos. El Artículo 18 deja claro que está prohibido «conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido». Además, conviene recordar las limitaciones que tiene el uso del claxon: sólo se puede emplear cuando existe un peligro inminente, si no, una sanción de 80 euros.
El dónde también importa
Las prisas, la ocupación en verano, exceso de turistas. Todo esto deja sin aparcamiento a muchos conductores que observan como algunos utilizan medianas, campos sin asfaltar o cunetas para dejar sus coches sólo “para darse un chapuzón”. Estacionar el vehículo en un lugar no permitido puede costarle entre 100 y 200 euros y 2 puntos del carné.
Y si no sabemos llegar a dónde hemos quedado, usamos el afamado GPS, pero el RGC considera incompatible con la atención permanente a la conducción «el uso, con el vehículo en movimiento, de dispositivos tales como pantallas con acceso a internet, monitores de televisión y reproductores de vídeo o DVD». Sólo están excluidos de este supuesto los monitores que estén situados a la vista del conductor y cuyo uso sea necesario para la visión de acceso o bajada de peatones así como los vinculados a la cámara de maniobras traseras así como el GPS. Pero no se puede manejar en marcha y contradecir esta norma es una falta grave castigada con una multa de 200 euros y 3 puntos menos en el carné.
Tirar cosas por la ventanilla
Seguimos sin interiorizarlo y se puede ver en nuestras carreteras como los conductores y los acompañantes no dudan en deshacerse de colillas, comida y basura en general en carreteras y autopistas, dudando de que esa práctica esté realmente penada. “Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación», es una acción que se multa con 200 euros y la retirada de 4 puntos en el carné.
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