Sociedad
¿Puede un comercio cobrar al cliente por el uso de gel hidroalcohólico?
Legalitas responde a casos prácticos para evitar abusos sobre los consumidores durante la pandemia
La eclosión de la segunda oleada de la Covid-19 puede dar lugar a numerosos agravios para los consumidores. La compañía Legalitas ofrece la respuesta a algunas situaciones concretas, atendiendo a la legislación vigente:
-¿Puede cobrar un taller al cliente por higienizar el vehículo antes de que lo manipulen los mecánicos?
No. Vulneraría la legalidad vigente. El cliente no tiene que cargar con ese sobrecoste.
-¿Puede penalizar un gimnasio al cliente que causa voluntariamente de baja?
-Resultaría contrario a derecho que los gimnasios impidieran o condicionasen con una penalización el deseo de causar baja de un cliente si el gimnasio, a consecuencia de las medidas higiénico-sanitarias decretadas por las autoridades competentes, suprimiera o limitara de manera significativa el uso de los servicios o instalaciones o redujera el número y tipo de clases que impartiría en condiciones de normalidad?
-¿Puede cobrar de más un comercio al cliente por el uso del gel hidroalcohólico? ¿Y por tenerlo?
-No. Sería abusivo.
-¿Pueden las academias ofrecer formación online como alternativa si tienen que reducir la actividad presencial?
-Sí, sería ajustado a derecho. Si la formación online no fuera posible y la formación presencial fuera decisiva para, por ejemplo, preparar una oposición inminente, si no se llegara a algún acuerdo con los alumnos estarían obligadas a tener que devolver el dinero abonado por estos en la parte del servicio no prestado. En caso de que la formación pudiera impartirse más adelante, podría no devolverse ese dinero, reanudándose las clases cuando fuera legalmente posible?
-¿En caso de tener que pasar una cuarentena en un hotel, quién corre con los gastos?
-Sería ilegal una cláusula que obligara a asumir los gastos de estancia en caso de confinamiento por razones de cuarentena, salvo por razones de mala fe del huésped, que conociera de su contagio y, a pesar de ello, acudiera al establecimiento.
-¿Y si no se puede celebrara un banquete o un acto por coronavirus por el que se ha pagado una señal?
-Sería ilegal que los prestadores de tales servicios pretendieran imponer la pérdida de la señal entregada o pagar el precio total del evento a pesar de que no se pudiera celebrar por la situación provocada por el coronavirus
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