Castilla-La Mancha
El Trasvase del Tajo establece un máximo anual de 600 hm3 para el Segura y 50 hm3 al Guadiana
El trasvase del Tajo establecerá un máximo de 600 hectómetros cúbicos anuales de agua transferible a la cuenca del Segura y de 50 hm3 a la del Guadiana, una cantidad que todos los meses será evaluada y encuadrada en cuatro posibles niveles.
Así se establece en las ocho nuevas enmiendas que anoche registró el PP a la ley de evaluación ambiental, a las que ha tenido acceso Efe y en las que se recoge el acuerdo al que han llegado el Gobierno y las cinco comunidades autónomas ribereñas del Tajo para garantizar las necesidades de las cuentas cedentes y receptoras, anunciado hoy en rueda de prensa por el ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete.
Este pacto entre Castilla-La Mancha, Extremadura, Madrid, Valencia y Murcia -que pone fin a las disputas políticas en torno al agua- impedirá el trasvase de agua si la reserva es menor a los 400 hm3, en vez de los 240 actuales, con lo que también se quiere poner fin a las históricas disputas en torno al trasvase.
Las ocho nuevas enmiendas del PP a la ley de evaluación ambiental, en tramitación parlamentaria, se justifican porque incorporan "los acuerdos adoptados en el seno del grupo de trabajo del Memorándum Tajo-Segura", según consta en las mismas.
La nueva disposición adicional 16 que incorpora el PP fija las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura, en función de las existencias conjuntas entre Entrepeñas y Buendía (Guadalajara).
Se acordará mensualmente la cantidad a transferir, con un máximo anual de 650 hectómetros cúbicos en cada año hidrológico (600 para el Segura y 50 para el Guadiana).
Ello se hará conforme a unos determinados niveles: el 1 establece que cuando las existencias de dichos embalses sean iguales o mayores a 1.500 hectómetros cúbicos, o cuando las aportaciones conjuntas entrantes a las dos presas sean iguales o mayores a 1000 hm3, podrán autorizarse hasta 68 hectómetros cúbicos al mes.
Cuando dicho volumen sea inferior a 1500 hm3 o las aportaciones sean inferiores a 1000 hm3 (nivel 2), el trasvase mensual no superará los 38 hm3.
Y el nivel tres se refiere a situaciones excepcionales, cuando el volumen de agua de Entrepeñas y Buendía no supere, a comienzos de cada mes, "los valores que determinen el Plan Hidrológico del Tajo vigente".
El nivel cuatro prohibirá cualquier trasvase, ya que implicará una cantidad de agua inferior a los 400 hm3.
Los volúmenes cuyo trasvase haya sido autorizado se distribuirán entre abastecimiento (25 %) y regadíos (75 %)
Se considerarán aguas excedentarias todas las aguas embalsadas en Entrepeñas-Buendía que superen los 400 hm3, por debajo de esta cifra no podrá haber transferencia alguna, explica el PP en las enmiendas.
Este volumen mínimo "podrá revisarse en el futuro", de forma que se garantice su carácter preferente y se asegure que "las transferencias no suponen un límite para el desarrollo de dicha cuenca".
El PP también introduce una disposición adicional décimoquinta, en virtud de la cual se llevarán a cabo con carácter de urgencia y de acuerdo con criterios de viabilidad las obras previstas en el Plan Hidrológico Nacional, que aún no hayan sido ejecutadas y que permitan a Castilla-La Mancha usar la infraestructura del trasvase Tajo Segura.
El grupo popular incluye además una disposición final cuarta sobre infraestructuras de conexión entre cuencas y la supervisión y definición de los volúmenes de agua, y una disposición transitoria establece el mencionado nuevo nivel de referencia de 400 hm3, que se alcanzará de forma escalonada desde los actuales 240 hm3 y a razón de 32 hm3 anuales.
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