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Las madres trabajadoras podrán tener jornada reducida cuatro años más

La Razón
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El Gobierno ha aprobado este viernes un decreto ley por el que se amplía en cuatro años el periodo de tiempo en el que las madres trabajadoras pueden solicitar una reducción de jornada para el cuidado de los hijos, como sucede ya en la Administración.

El Gobierno ha aprobado este viernes un decreto ley por el que se amplía en cuatro años el periodo de tiempo en el que las madres trabajadoras pueden solicitar una reducción de jornada para el cuidado de los hijos, como sucede ya en la Administración. Actualmente pueden hacerlo hasta que el hijo cumple 8 años, mientras que con la nueva norma el plazo se extenderá hasta los 12 años.

La legislación vigente establece que los porcentajes de reducción de jornada se enmarcan en una horquilla de entre el 12,5% y un máximo del 50%. Además, las cotizaciones se mantienen invariables durante los dos primeros años de reducción de jornada.

Este real decreto ley de medidas para favorecer al contratación estable y mejorar la empleabilidad, especialmente de los jóvenes incluye también otras medidas para impulsar el contrato a tiempo parcial, como ha explicado la ministra de Empleo, Fátima Báñez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Concretamente, se amplia el uso del contrato de apoyo a emprendedores para empresas de menos de 50 trabajadores a los contratos a tiempo parcial. Hasta la fecha sólo se podían realizar estos contratos a jornada completa. Además, se fomenta el contrato a tiempo parcial para trabajadores menores de 30 años con vinculación formativa.

Un mes de prueba en temporales de seis meses

Por otro lado, el decreto limita a un mes el periodo de prueba en los contratos temporales de seis meses de duración, que antes no estaba regulado, al tiempo que se abre la puerta a realizar contratos de formación y aprendizaje en materias en las que no existe certificado de profesionalidad.

Según ha explicado la ministra de Empleo, España tienen una carencia "fundamental"en el ámbito de la contratación a tiempo parcial, ya que si esta modalidad supone el 14,6% de los contratos en España, este porcentaje supone el 20,9% en la media de la OCDE.

Dicho esto, ha señalado que "es el momento de dar una oportunidad a la contratación a tiempo parcial", como transición hacia una contratación estable, a lo que ha añadido que las modificaciones presentadas en este decreto hacen este contrato "más flexible y garantista".

Tiempo parcial

La nueva norma también permitirá que los trabajadores con contratos a tiempo parcial hagan horas complementarias hasta un 90% de la jornada pactada siempre que hayan sido contratados de manera indefinida y la ampliación de horario sea pactada y voluntaria.

Hasta ahora, estos trabajadores podían realizar horas complementarias (pactadas con el empleador) con un tope del 60% de la jornada, fuera el contrato indefinido o temporal. Si bien, la reforma laboral abría la puerta a la realización de horas extras.

Con la nueva regulación, estos trabajadores podrán pactar horas complementarias hasta un 60% de la jornada (el 30% de la jornada por ley y hasta ese 60% si se pacta en convenio), siempre que el trabajador esté contratado al menos 10 horas semanales de promedio. En este caso, el plazo de preaviso para la realización de horas complementarias se reduce de 7 a 3 días para agilizar la organización de las empresas.

A este 60% de la jornada se podrá sumar otro 30% en horas complementarias voluntarias, hasta el 90% de la jornada pactada, que funcionan de la misma manera que las horas extraordinarias y cuya remuneración también se puede fijar por convenio, para las que no hace falta preaviso. La diferencia en este caso es que sólo se podrá llegar a este tope si el contrato a tiempo parcial es de carácter indefinido.

Ahora bien, las horas extraordinarias tienen un límite de 80 horas anuales para la jornada a tiempo completo, limite que no existe para las complementarias. Además, las horas extraordinarias pueden acumularse en horas de descanso, mientras que en las segundas tampoco existe esta posibilidad.

Retribuciones en especie

Por otro lado, este decreto obligará a que las retribuciones en especie se integren junto a los salarios en la base de cotización a la Seguridad Social (ya computan desde el punto de vista de cotización a Hacienda), para evitar que este tipo de ingresos en especie sean una vía para eludir cotizaciones.

Por otro lado, las mismas fuentes han indicado que estas medidas se incluyen dentro de la segunda vuelta que se quiere dar a la reforma laboral. Sobre si está segunda ronda se completa de esta manera, se han limitado a señalar que con las medidas aprobadas este viernes "se ha abordado la hoja de ruta anunciada"por el Ministerio de Empleo.