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Mascotas

Su mascota no puede heredar

La legislación española no permite a los dueños dejar su legado a sus animales de compañía. Con todo, existen otros caminos indirectos para que las mascotas disfruten de una herencia

Su mascota no puede heredar larazon

La legislación española no permite a los dueños dejar su legado a sus animales de compañía. Con todo, existen otros caminos indirectos para que las mascotas disfruten de una herencia.

La sabiduría popular siempre ha dicho «el dinero no da la felicidad, pero ayuda a alcanzarla». Si eso se cumple a rajatabla, hay perros que viven en su propia piel la máxima expresión de la felicidad más absoluta. Gunther IV es uno de los afortunados, ya que el animal recibió una cantidad estimada de entre aproximadamente 140 y 200 millones de euros de su padre Gunther III. Otro caso que revolucionó a la Prensa mundial fue el de la famosa empresaria hotelera Leona Helmsley, que dejó en herencia a su bichón maltés Trouble nada menos que 12 millones de dólares. Trouble residió en Miami en el hotel Helmsley Sandcastle hasta su fallecimiento. Más modesta, aunque nada desdeñable, fue la suma que dejó a sus canes Alexander Macqueen. El famoso diseñador británico falleció en 2010 dejando en herencia a sus perros la cantidad de 57.000 euros para asegurarse así de que sus cuidados quedarían cubiertos.

No es algo nuevo: de las locuras y caprichos de la gente adinerada ya nos hablaba la película «Perros multimillonarios», de 1999, que relataba con extrema agudeza cómo una anciana rica y amante de los animales dejaba su herencia a sus queridas mascotas. Ahora bien. ¿Podemos hacerlo en España? ¿Es legalmente posible?

Según Luis Muñoz de Dios, vicesecretario del Consejo General del Notariado, «no es posible dejar la herencia –ni parte de la misma, ni un legado, ni en vida una donación– a un animal, por carecer éste de personalidad jurídica, es decir, de capacidad para ser titular de derechos subjetivos». Con todo, sí que existen otros caminos legales por los que una mascota puede beneficiarse de una herencia. Según la legislación española, «la única posibilidad estaría en donar una parte a una fundación o protectora». No sólo eso: también puede beneficiarse a nuestra mascota por vías indirectas que atañan a las personas. Por ejemplo, «es posible cargar a un donatario, legatario o heredero con el cuidado de esa mascota de por vida incluyendo en el testamento una condición –suspensiva o resolutoria– o un gravamen».

En Arriaga y Asociados coinciden en esta última opción y, además, añaden un sistema para asegurarlo: «Si queremos fortalecer el hecho de que se cumplan los cuidados de dicho animal, podemos designar en el testamento un albacea que controle que se están cumpliendo los cuidados hacia la mascota», afirma el bufete en su web. No en vano, no son pocas las consultas que los abogados reciben en este sentido: personas mayores y sin herederos directos principalmente.

Por supuesto, los felinos no se «libran» de las herencias. Ya en el siglo XVII, el cardenal Richeliu, uno de los hombres más poderosos de Francia, compartía su hogar con catorce gatos. En su testamento, dejó a sus preciadas mascotas una casa para su uso, así como una importante cantidad de dinero para cubrir sus gastos e incluso nombró a dos cuidadores para que los atendieran. Pero también hay animales que han forjado su propio imperio con el sudor de su frente. Son aquellos que han trabajado durante años hasta hacerse de oro, como es el caso de la orca Keiko, protagonista de la saga «Liberad a Willy», o el fallecido Pancho, el perro de los anuncios de la lotería y también conocido por su papel de «Valentín» en la serie española «Aquí no hay quien viva».

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