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Suspendida la comparecencia de Ruth Ortiz y José Bretón para liquidar los bienes gananciales
El Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Huelva ha suspendido la comparecencia de Ruth Ortiz y de su exmarido José Bretón, condenado por matar a sus dos hijos, prevista para esta mañana para proceder al inventario de los bienes comunes del matrimonio y realizar su liquidación.
El Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Huelva ha suspendido la comparecencia de Ruth Ortiz y de su exmarido José Bretón, condenado por matar a sus dos hijos, prevista para esta mañana para proceder al inventario de los bienes comunes del matrimonio y realizar su liquidación.
A las 10.50 horas llegó a la sede de la Audiencia Provincial de Huelva Ruth Ortiz junto a su abogada, María del Reposo Carrero, quien, una hora más tarde, dijo a los periodistas que el secretario del juzgado, tras comunicarse con Bretón, que está en una cárcel de Alicante, e indicarle éste que no contaba ni con abogado ni con procurador para la vista, ha creído procedente su suspensión.
"El secretario ha estimado que a Bretón no se la ha informado de que podría haber pedido abogado y procurador de oficio y ha preferido suspender la comparecencia, dándole de plazo tres días para que lo solicite", ha explicado Carrero.
Asimismo, ha señalado que en el caso de que Bretón no solicite letrado, se celebrará la comparecencia y se dará por hecho el inventario de Ruth Ortiz.
La abogada ha indicado que Ruth Ortiz "no ha llevado bien la suspensión"porque lo que desea es "acabar con todo esto cuanto antes".
Ruth Ortiz y José Bretón están legalmente divorciados desde noviembre de 2012, después de que en abril de ese mismo año ella interpusiera la demanda de divorcio.
La vista del juicio por esta causa se celebró el 19 de octubre de 2012 en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Huelva, en la que Ruth Ortiz compareció presencialmente y José Bretón por videoconferencia.
La sentencia se limitó a declarar disuelta la unión matrimonial civil entre ambas personas, adjudicándole a Ruth Ortiz, tal y como ésta había solicitado, el uso del vehículo que ambos tenían en común, sin que se haya entrado en cuestiones relacionadas con la administración de las posesiones en común, que deben ser dirimidas por el juez.
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