Andalucía
Procesado un ex director de Trabajo en sendas piezas del «caso ERE»
El objeto de la investigación se centra en las ayudas que recibieron dos empresas por valor de 50.000 y 300.000 euros, respectivamente
El Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha acordado continuar como procedimientos abreviados las causas abiertas contra Daniel Rivera, ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, en dos piezas separadas del caso de los ERE relativas a ayudas a dos empresas. Según informó ayer la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el objeto de la investigación se centra en las ayudas que recibieron Fabricantes de Encimeras para Europa y Tartessos Car por valor de 50.000 y 300.000 euros, respectivamente.
En dos autos fechados el 4 de noviembre, el juez de refuerzo José Ignacio Vilaplana decreta la continuación de las diligencias previas como procedimiento abreviado al entender que los hechos podrían ser constitutivos de delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos.
El magistrado también explica que en estas piezas no es posible depurar posibles responsabilidades penales ni procesar a Agustín Barberá, exviceconsejero de Empleo, y Juan Márquez, ex director general de Trabajo y Seguridad Social, porque ya fueron encausados por estos hechos en la pieza política de los ERE.
En uno de los autos, el juez procesa a Rivera y al administrador de Fabricantes de Encimeras para Europa por las ayudas recibidas «de manera arbitraria y fraudulenta» por la empresa por importe de 50.000 euros, concedidos y abonados los días 19 de marzo y 8 de octubre del 2010 con cargo a la partida presupuestaria 31-L.
El instructor explica que el empresario solicitó 220.000 euros en marzo del 2010 y que el entonces director general de Trabajo, Juan Márquez, le concedió una ayuda sociolaboral excepcional de 50.000 euros pagadera en dos plazos «para garantizar la permanencia de sus trabajadores con carácter de urgencia».
Según indica el juez, Rivera era «conocedor de la ilicitud del procedimiento de concesión de ayuda» y aun así dictó el 6 de septiembre del 2010 una resolución por la que se acordaba ordenar a la agencia pública IDEA el pago del 75 por ciento de la ayuda concedida «sin la debida observancia de los principios y procedimientos legalmente establecidos para ello».
En un segundo auto, el magistrado procesa al representante legal de Tartessos Car por los 300.000 euros que recibió «de manera arbitraria y fraudulenta» por parte del director general de Trabajo el 11 de noviembre de 2008 con cargo a la partida 31-L.
En relación a las ayudas a ambas empresas, el juez considera que «carecerían de objeto definido y concreto» y se llevaron a efecto «de forma injusta y arbitraria» por parte de Márquez y abonadas por Rivera «con cargo a un concepto presupuestario inadecuado, sin control administrativo y sin exigir la acreditación del destino de los fondos percibidos».
En el caso de la empresa Fabricantes de Encimeras para Europa, el instructor asevera que la Consejería de Empleo no realizó «ningún seguimiento sobre la aplicación y destino de la ayuda» y denuncia la falta de documentación «que revele un mínimo cumplimiento de los requisitos y presupuestos que regulan la concesión de subvenciones».
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