Andalucía
El Consultivo rechaza que se exija una ayuda porque «los trabajadores son los beneficiarios»
«LA TRAMA DE LOS ERE». La Junta reclama casi 141.000 euros de los cerca de 190.000 concedidos a I. M. E. como «cantidad percibida indebidamente» pero el órgano insiste en que «no procede»
El Gobierno andaluz ha solicitado dos dictámenes este año al Consejo Consultivo dentro de la revisión de oficio de las ayudas sociolaborales que concedió la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo y el Consultivo en uno de estos ha «dictaminado desfavorablemente» ante la solicitud de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, que persigue la declaración de nulidad del expediente de concesión de «una ayuda excepcional» a la empresa I.M.E. S.L, por importe de 187.618,94 euros, de los que estima 140.714,21 euros como «cantidad percibida indebidamente».
La negativa del Consultivo descansa en el hecho de que la propia Junta reconoce que «se acredita la efectiva percepción por parte de los trabajadores de 103.214,20 euros, sin que se determine el destino del resto del pago del 75% de la subvención», por lo que el Consejo Consultivo sostiene que «se demuestra que los beneficiarios de las ayudas son los ex trabajadores (en sentido formal y material), sin que proceda la revisión de oficio por las razones que hemos expuesto en dictámenes sobre asuntos similares».
El Consejo Consultivo ha emitido dos dictámenes en este 2019, a los que accedió Europa Press, a instancias de la actual Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. El órgano de emisión de dictámenes explica en su dictamen de 13 de noviembre que es la segunda ocasión en que se pronuncia sobre la misma ayuda a la mercantil I.M.E.S.L., ya que con anterioridad declaró la caducidad del procedimiento administrativo abierto por la Consejería de Empleo. La Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la entonces Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico acordó el 11 de marzo de 2010 conceder una ayuda excepcional de 187.618,94 euros a la empresa I.M.E. SL, cantidad de la cual la Agencia IDEA estimó que 140.714,21 euros es una «cantidad percibida indebidamente» en un certificado de enero de 2018. El secretario general de Empleo y Trabajo Autónomo acordó el 2 de julio el reinicio del expediente de reintegro por aspectos como «se prescindió total y absolutamente del procedimiento», que la Consejería de Empleo fundamenta en hechos como que «la solicitud de ayuda no tiene sello de entrada en registro oficial; en el escrito de aceptación de la ayuda no se identifica al representante legal de la empresa; no consta que la beneficiaria de la ayuda haya acreditado, antes del otorgamiento de la misma, que la empresa y los trabajadores se encontraban al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social», entre otros aspectos.
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