Tribunales

Absueltos todos los acusados del juicio por los préstamos de Invercaria a la diseñadora Juana Martín

No consta “que quien tenía la facultad de conceder los préstamos los hubiera concedido mediante resolución injusta”

La diseñadora de moda Juana Martín (2d) junto a varios antiguos responsables de Invercaria, sociedad de capital riesgo dependiente de la Junta de Andalucía, en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla
La diseñadora de moda Juana Martín (2d) junto a varios antiguos responsables de Invercaria, sociedad de capital riesgo dependiente de la Junta de Andalucía, en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de SevillaJosé Manuel VidalEFE

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha resuelto el juicio celebrado entre abril y mayo de este año sobre los prestamos participativos concedidos entre 2006 y 2011 por la empresa de capital riesgo Invercaria, perteneciente a la Junta de Andalucía, a la diseñadora de moda flamenca Juana Martín, absolviendo a la citada modista, el ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo; el ex director de promoción de la entidad Cristóbal Cantos; y Antonio Nieto, ex director financiero, del presunto delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación que se les atribuía.

En una sentencia emitida este mismo miércoles, facilitada por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y recogida por Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla resuelve la absolución de los cuatro acusados en el procedimiento judicial, al no constar “que quien tenía la facultad de conceder los préstamos los hubiera concedido mediante resolución injusta, desviando los fondos recibidos y aplicándolos a otros fines en beneficio del mismo o de terceros”.

Además, el tribunal opta por absolver a todos los acusados, “teniendo en cuenta que Cristóbal Cantos y Antonio Nieto realizaron los análisis técnicos económicos y financieros y de viabilidad, cumpliendo las exigencias a que venían obligados, y que a la acusada Juana Martin le fue propuesta la realización del proyecto a instancia de los anteriores”, considerando así que “no han quedado acreditados los hechos objeto de la acusación”.