Tribunales

Cuatro años y medio de cárcel para la Reina Melchor de Almonte por desviar fondos públicos del Consorcio Formades

La ex directora gerente malversó casi un millón de euros. Contrató de forma irregular a su hijo y sobrino y utilizó dinero de la Junta para su actividad en la Cabalgata de 2009

Los acusados por la gestión del consorcio Formades, al principio del juicio, el pasado febrero
Los acusados por la gestión del consorcio Formades, al principio del juicio, el pasado febreroEUROPA PRESSEUROPA PRESS

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha impuesto penas de entre dos años y cuatro años y medio de cárcel a las cuatro personas acusadas por desviar tres subvenciones públicas para cursos formativos que la Junta de Andalucía concedió al Consorcio Centro Andaluz de Formación Medioambiental para el Desarrollo Sostenible (Formades), ubicado en Almonte (Huelva), en 2008, 2009 y 2010. Una de ellas, la directora gerente entre 2006 y 2011, Ana María O.E., contrató de forma irregular a tres personas, entre ellas sus propios hijo y sobrino, y utilizó el dinero público para sufragar parte de sus actividades cuando fue elegida para encarnar al Rey Melchor en la Cabalgata de la localidad onubense en 2009.

En la sentencia, facilitada por la oficina de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el tribunal condena a esta acusada por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación de caudales públicos. La pena para ella es de cuatro años y medio de prisión y ocho años y medio de inhabilitación especial para empleo o cargo público. Además, tendrá que indemnizar a la Junta con 40.078,16 euros por los gastos “claramente irregulares que autorizó y que exceden claramente del objeto de la actividad de formación”. También deberá abonar la parte que le corresponde, en proporción a lo defraudado por cada uno de los otros tres condenados, de un total de 899.623,94 euros, ya que ha quedado probada que los contrató de forma “irregular” para así “proporcionarles un beneficio económico ilícito”.

Dos de los condenados, de hecho, son su hijo Manuel R.O., que realizaba tareas de mantenimiento y mozo de cuadra en Formades, y su sobrino Cristóbal O.O., que era guarda nocturno. Ambos son considerados cooperadores necesario de un delito continuado de malversación. El tribunal les impone dos años de prisión, cuatro años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y que indemnicen a la Administración con 452.895,82 y 38.495,94 euros, respectivamente.

El cuarto condenado es Juan Francisco M.L., que era veterinario, docente y suministrador de medicamentos y pienso, en su caso como cooperador necesario de un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación. Su pena es de dos años y medio de cárcel, cuatro años y medio de inhabilitación especial para empleo o cargo público y el pago de una indemnización a la Junta de 408.232,18 euros.

Los Consorcios Escuelas, según recuerda la Sala, son entidades formadas entre la Junta y una corporación local en las que la Administración andaluza participa de forma mayoritaria. Su objetivo es la gestión de un centro de formación para el empleo, especializado y orientado al desarrollo de un sector de la actividad económica que la Junta considera relevante.

El Consorcio Formades fue constituido el 9 de octubre de 2001 y hasta 2014, cuando fue disuelto, se dedicó a impartir cursos de formación ecuestre, sobre energías renovables y medio ambiente. Su financiación se regulaba mediante subvenciones de acuerdo con la Orden de 10 de mayo de 2005 de la Junta. Eran su fuente de financiación casi única, junto con una mínima parte procedente del cobro de matrícula a los alumnos. Las subvenciones siempre comprendían dos partidas: una para sufragar los distintos proyectos formativos para empleados y desempleados y otra, para el proyecto de inversiones para dotar de medios al organismo.

Formades estaba constituido por los departamentos de administración, formación y becas profesionales. El personal era propio, aunque también contrataba con terceros otros servicios que externalizaba, pero “siguiendo siempre las directrices de la directora gerente”. Entre ellos figuraban la limpieza, el mantenimiento, los mozos de cuadra, la seguridad y el servicio veterinario. Según la sentencia, la gerente utilizó esa potestad “para beneficiar a conocidos y a su propia familia”.

La Audiencia describe cómo el organismo “estuvo huérfano de una contabilidad ordenada” y se centra en las tres subvenciones correspondientes a los ejercicios 2008, 2009 y 2010, que ascendían a un total de 5.550.519,2 euros: 3.468.042 para los proyectos formativos y 2.082.113,63 para el proyecto de inversión. Formades ingresó 5.550.155,2 euros y la Junta reclamó 1.707.723,23 (el 30,7%), aunque posteriormente consideró que le debía reintegrar el total “a la vista de las numerosas irregularidades observadas”.

“Si bien puede decirse que ha existido actividad formativa, muchos de los cursos realmente no se impartieron, como consecuencia de la falta de presupuesto y el desvío de fondos”, dice el tribunal, que establece que “toda decisión de gasto se realizaba sin más voluntad” que la de la gerente.

Como el Consorcio “necesitaba sostener unos gastos de funcionamiento como gastos generales” que “debían ser justificados” según “unos criterios de proporcionalidad”, la principal acusada “comenzó a contratar esos servicios con familiares y conocidos”, con lo que ”no sólo faltó a los más elementales deberes legales, sino que soslayó de modo absoluto las reglas de contratación que se exigen en la legislación de las subvenciones”.

Así, “no sólo obvió las normas de contratación, sino que adjudicó contratos sin licitación previa; aceptó que familiares y conocidos presentaran facturas que en modo alguno cumplen con la legislación vigente” porque “ni describen la realidad del servicio ni puede saberse si este se hizo y de qué manera” y además “fraccionó contratos de manera que no superaran los límites de 12.000 euros para la prestación de servicios”.

“Por decisión propia de la gerente”, su hijo Manuel fue contratado “directamente” para labores de mantenimiento. En total recibió 70 transferencias desde el 24 de junio de 2008 al día 22 de noviembre de 2011 por importe de 452.895,82 euros, pero las facturas se realizaron por unas tareas “que en parte no pueden concretarse ni acreditarse”. “No existe constancia ni en qué centro del Consorcio ejerció el acusado estas labores ni siquiera si las realizó en su integridad”, apostilla la Audiencia.

El sobrino, por su parte, fue contratado como vigilante de seguridad “sin licitación ni contrato ni ofertas de distintos proveedores, sin que consten determinadas sus funciones y justificación de los importes recibidos”. La Sección Tercera considera probado que la directora gerente sólo lo contrató con “el objeto de proporcionarle un beneficio económico excesivo, desproporcionado e injustificado”, todo ello “en connivencia” con su sobrino, que recibió 21 transferencias desde el 21 de abril de 2010 hasta el 2 de noviembre de 2011 por un importe total de 38.495,94 euros.

En cuanto a Juan Francisco M.L., de común acuerdo con la gerente “pactó la prestación de los servicios veterinarios” y los fraccionó, con lo que “evitó así llegar al límite de la ley de contratos públicos”. Este encausado consiguió 136 transferencias desde el 15 de noviembre de 2007 hasta el 30 de mayo de 2012 por un importe total de 408.232,18 euros.

El tribunal también detalla en su sentencia, de 227 páginas, “otras salidas de fondos irregulares”. De este modo, afirma que la acusada “ordenó pagos y servicios de naturaleza muy variada” que “en modo alguno” tenían relación con los fines del Consorcio. Por ejemplo, ordenó que una partida de 40.078,16 euros se incluyera en el concepto de “difusión y publicidad”.

Respecto a la esta partida, la Audiencia relata que la condenada fue nombrada en 2009 para encarnar al Rey Melchor por el Ayuntamiento de Almonte (Huelva). “Como quiera que con ocasión de tales festejos y su participación en los mismos debía aportar capital para compra de regalos, caramelos y otros, realizó regalos y pagos vinculados a su participación en estas fiestas con fondos del Consorcio”, de forma que se gastó 6.555,15 euros en regalos y caramelos y “pagó con fondos del Consorcio un desayuno de la Cabalgata de Reyes que costó 600 euros, que se trató de justificar ante la Junta como ‘atenciones protocolarias’”.

Según los magistrados, también destinó 9.038,62 euros de esta partida a “todo tipo de comidas” e incluyó catorce facturas en concepto de publicidad y difusión “que no guardan relación alguna con la actividad formativa”, como doce equipaciones de fútbol sala con publicidad de Formades por un importe de 573,50 euros y otra de 6.555,15 euros en concepto de “golosinas y juguetes”.

En la sentencia, que no es firme, la Audiencia concluye que la totalidad del déficit de justificación de las subvenciones asciende a 1.320.850 euros.

El tribunal condena a Ana María O.E. por prevaricación y malversación porque constata que “claramente” cometió “irregularidad” en la contratación de los acusados con el “objetivo” de “proporcionarles un beneficio económico con la consiguiente desviación del dinero procedente de las subvenciones, bien a través de la realización de gastos ajenos totalmente a la finalidad para los que se concedía la subvención y que obedecen a la arbitrariedad y su exclusiva voluntad (la Cabalgata de Reyes Magos, gastos en desayuno, comida sindicatos..), o a través de las contrataciones irregulares para favorecer y darle trabajo al resto de los acusados y favorecer a familiares y conocidos, con el consiguiente empobrecimiento del erario público”.

La Sección Tercera también considera acreditado que el resto de los acusados “se concertaron con la acusada aceptando la contratación en la prestación de los servicios con el objeto de percibir ingresos excesivos por unos servicios que no quedan íntegramente constatados, justificados y ajenos, en parte, a la finalidad propia de la subvención”.