Emblemas
Cascos mineros y jamones, algunos de los símbolos escogidos de los municipios andaluces
El registro cuenta con casi 1.200 emblemas, himnos y banderas oficiales inscritos
El Registro Andaluz de Entidades Locales, que gestiona la Consejería de Justicia y Administración Local, cuenta con casi 1.200 emblemas, himnos y banderas oficiales inscritos, en los que además de los motivos habituales, como torres o leones, figuran cascos mineros, el mar o jamones.
Así, frente al dominio de motivos tradicionales de la heráldica como los torreones (cada cual el suyo) o los leones rampantes, hay municipios que tienen claro cuáles son sus señas de identidad más características, como Trevélez (Granada), que incluye en su escudo un jamón, o La Zarza-Perrunal, en el que no faltan un casco, un pico y una lámpara minera para recordar su pasado ligado a esta actividad.
También las olas del mar aparecen con frecuencia en las enseñas de las localidades costeras y son igualmente frecuentes los árboles y plantas locales, según un informe difundido este domingo por la Junta.
Hay símbolos gráficos (escudos y emblemas), vexilológicos (banderas, pendones, enseñas o estandartes), sonoros (himnos sobre todo) o expresiones verbales (lemas, apotemas o anagramas), pero para que todos ellos sean considerados “oficiales” deben estar inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales, creado por ley en el año 2003.
En el mismo se incluyen actualmente 1.191 símbolos (589 escudos, 458 banderas, 39 logotipos, 44 himnos y 61 símbolos de otro tipo) que legalmente representan a 604 provincias, municipios o entidades locales.
Por provincias, 184 corresponden a 92 entidades locales de Almería; 91 a 56 localidades de Cádiz; 111 a 59 municipios de Córdoba; 249 a 133 entidades locales de Granada; 132 a 68 municipios de Huelva; 144 a 57 localidades de Jaén; 137 a 74 entidades de Málaga; y 143 a 76 de Sevilla.
La Secretaría General de Administración Local de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública es la competente para autorizar o denegar la inscripción de símbolos municipales en el registro, y la ley da plena autonomía a los municipios para elegir su identidad corporativa, por lo que la Junta se limita a corroborar que dicha designación ha seguido el procedimiento legal.
Solo podría denegar la inscripción de un escudo o bandera si incluyera “siglas, anagramas o logotipos de partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y demás asociaciones y entidades privadas, así como aquellos otros que impliquen vulneración de los principios constitucionales o lesión a los derechos fundamentales”; fomentara o incitara a la violencia, o en caso de ser idéntico o inducir a error o confusión con otro.
En términos legales, lo que no está registrado no es oficial si bien hay actualmente 225 entidades locales que tienen sus símbolos y los utilizan como tales pero no tienen ninguno registrado.
Aunque suelen ser los ayuntamientos los que promueven de oficio el registro de sus símbolos (en el caso de las provincias, las diputaciones), la ley también contempla que puedan solicitarlo los vecinos, para lo que tienen que suscribir la petición un 1 por ciento de la población de derecho con un mínimo de 30 firmantes.
Cada año se reciben una veintena de solicitudes de registro de media y son los escudos y banderas los más frecuentes, seguidos de los himnos.