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La Cámara de Cuentas pide a la empresa pública de saneamiento de Córdoba menos contratos menores
La Cámara de Cuentas desglosa las «salvedades» en el personal y las cuentas

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha emitido una opinión favorable sobre la gestión llevada a cabo por la empresa municipal de Saneamientos de Córdoba SA (Sadeco) durante el ejercicio 2021, aunque se han detectado "incumplimientos o salvedades" relacionadas con personal, contratación, convenios, encomiendas y encargos, endeudamiento, cuentas anuales y estados financieros, y se ofrecen una serie de recomedaciones.
En el informe de fiscalización se expone sobre el personal que "el Plan de Igualdad de la sociedad no figura inscrito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos, algo que supone un incumplimiento de lo dispuesto al efecto en el artículo 11 del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro".
La cuantía aplicada a fondo social en los ejercicios 2020 y 2021 ascendió a 90.724,21 euros y 121.320 euros, respectivamente. El incremento entre ejercicios supone "un incumplimiento de lo establecido en el artículo 18.2 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, sobre la no actualización de las cuantías".
En lo relacionado con contratación y convenios, en el análisis de los expedientes de contratos menores formalizados por la sociedad en el ejercicio 2021 "no constaban las facturas asociadas al mismo, lo que supone un incumplimiento del artículo del artículo 118 de la LCSP", a la vez que "se aprecia que se contratan como menores suministros que, por su naturaleza, son recurrentes, por lo que procedería instruir los correspondientes expedientes de contratación con carácter abierto".
Además, "se han localizado transacciones con terceros para los que no se ha identificado contrato suscrito entre las partes por importe de 2.060.936,15 euros". La concertación de prestaciones con terceros sin la existencia de contrato supone "un incumplimiento del artículo 28 de la LCSP, y los artículos 316 a 319 de la LCSP, que determinan el régimen jurídico de los contratos de los poderes adjudicadores que no tengan la consideración de administraciones públicas".
Y la sociedad ha informado de 18 convenios vigentes en el ejercicio 2021, y en el caso de un convenio con el Instituto Municipal de Artes Escénicas "no existe relación directa con el objeto de la actividad de Sadeco, al ser su objeto 'Incentivar la asistencia del personal de Sadeco a los espectáculos programados en los teatros dependientes del IMAE'". Además, como consecuencia del objeto del convenio, se considera que su calificación jurídica como convenio "no es correcta". Por tanto, se trata de "un acuerdo de colaboración, no sujeto a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público".
ENDEUDAMIENTO Y FUENTES DE FINANCIACIÓN
En cuanto al endeudamiento y las fuentes de financiación, la Cámara de Cuentas indica que "no consta la autorización del Pleno del Ayuntamiento ni los informes de Intervención para la concertación de las operaciones de crédito a largo plazo, obligatorios" en una operación formalizada a través de un contrato de arrendamiento financiero por un precio de 1.250.000 euros y una operación de arrendamiento con opción de compra --Nave Pedroches--, contrato firmado el 1 de octubre de 2020, por importe 1.210.000 euros.
Sobre las cuentas anuales y estados financieros, se explica que "Sadeco no ha cumplido los plazos establecidos por el artículo 168.3 del Trlrhl, al ser el 10 de febrero de 2021 cuando el consejo de administración aprueba el estado de previsiones de ingresos y gastos y el programa de actuación, inversión y financiación para el ejercicio 2021".
En lo relacionado con la política de seguridad de los sistemas contables, se destaca que "la sociedad no dispone de un plan de contingencias, si bien se encuentra en proceso de implantación de la certificación del Esquema Nacional de Seguridad, según lo requerido por el artículo 38 Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad".
Asimismo, se apunta que "la sociedad no dispone de planes de accesibilidad, si bien se encuentra en proceso de implantación en las mismas condiciones que el plan de contingencias detallado en el párrafo anterior".
Al respecto, la Cámara de Cuentas, en virtud de lo dispuesto en su Ley de creación y conforme a lo previsto en el Plan de Actuaciones para el año 2022, ha realizado el informe de fiscalización de cumplimiento de Sadeco correspondiente al año 2021, precisando que "la fiscalización se configura como de cumplimiento de legalidad, lo que supone llevar a cabo la verificación de que Sadeco ha cumplido durante el ejercicio 2021 con las normas legales, reglamentarias, estatutarias y de procedimiento identificadas en su marco normativo".
En concreto, Sadeco se constituyó el 24 de septiembre de 1986, por iniciativa del Ayuntamiento, que es su fundador y socio único. Las áreas en las que se ha centrado la fiscalización son: personal, contratación, convenios, encomiendas y encargos, endeudamiento, cuentas anuales y estados financieros.
RECOMENDACIONES
En cuanto a las recomendacioes, la Cámara de Cuentas apoya "instaurar los controles necesarios para dejar evidencia de que los acuerdos retributivos y conceptos salariales que puedan estar fuera de convenio se encuentran adecuadamente autorizados; elaborar una relación de todos los puestos de trabajo existentes u otro instrumento organizativo similar para el ejercicio 2021, precisando la denominación, características esenciales de los mismos, requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto y determinación de sus retribuciones complementarias".
Igualmente, aconseja "instaurar los controles necesarios para que los expedientes de contratación estén completos y respeten la cronología necesaria en relación con el desarrollo de los procedimientos; implantar un plan de acción para racionalizar la contratación mediante una adecuada planificación de la misma, instruyendo los correspondientes expedientes de contratación con carácter abierto para las obras, suministros y servicios que por su naturaleza puedan ser recurrentes y reduciendo la contratación menor a niveles residuales".
Y en relación al seguimiento de las recomendaciones incluidas en el informe emitido por la Cámara en enero de 2017, se valora que "todas las recomendaciones han sido implantadas".
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