Los detalles
La Junta de Andalucía tuvo que justificar la urgencia de los avales para jóvenes
El gabinete jurídico pidió motivar más el decreto-ley para las ayudas a la compra de viviendas
La figura del decreto-ley genera controversia política porque su utilización está limitada a casos que exijan una «extraordinaria y urgente necesidad». Los Gobiernos que pueden recurrir a esta tramitación –el de España y el de Andalucía, por ejemplo– encuentran en él una fórmula eficaz de aprobar sus medidas, que se validan en Consejo de Ministros o de Gobierno; entran en vigor una vez publicados en sus boletines oficiales respectivos; y se convalidan después en el Congreso y/o Parlamento. Un trámite más ágil que el que hay que seguir para aprobar un proyecto de ley, de ahí que su uso esté limitado a casos concretos. El problema reside en que muchos Gobiernos recurren con más asiduidad de la debida al decreto-ley y hay que ajustar con precisión las motivaciones que justifican su uso.
Esto es lo que le ha ocurrido al Gobierno andaluz con una de sus últimas medidas, la aprobación mediante un decreto-ley de las bases reguladoras para la primera convocatoria del programa «Garantía Vivienda Joven», que permite que la Junta conceda avales del 15% de la hipoteca a jóvenes de hasta 35 años de edad por la compra de su primera vivienda, ya sea nueva o usada. Un proyecto que se anunció en enero de este año, que se aprobó dos semanas antes de las elecciones municipales del pasado 28 de mayo y que hoy se convalidará en el Parlamento de Andalucía.
Durante su tramitación, el gabinete jurídico de la Junta de Andalucía alertó de que en el proyecto «no se aprecia que se describa de forma pormenorizada una situación de extraordinaria y urgente necesidad en los jóvenes que reclame medidas como las propuestas en el Decreto-ley proyectado, a lo que no contribuye la eneralidad con la que se alude al ‘impacto económico y social de la crisis sanitaria derivada de la COVID-19’». Tampoco entendía el letrado que firma el informe «por qué habría que aprobar mediante Decreto-ley las bases reguladoras para la concesión de las garantías en cuestión y la convocatoria a las entidades financieras para que actúen como colaboradoras en lugar de hacerlo íntegramente conforme a la Orden de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, de 23 de septiembre de 2019, que regula los procedimientos, las condiciones de concesión y otros aspectos de la gestión de las operaciones financieras de activo y de las garantías de la Administración de la Junta de Andalucía y de las entidades vinculadas o dependientes de la misma, que es la disposición a la que se remite la Disposición adicional decimosegunda del Decreto-ley 26/2021».
Estas eran las dos principales recomendaciones de los servicios jurídicos: motivar más los motivos que justificaban la necesidad urgente de facilitar la compra de viviendas a los jóvenes y puntualizar que ya existían otras fórmulas habilitadas para dar estas ayudas sin necesidad de recurrir al controvertido decreto-ley. Junto a estas consideraciones, también reclamó que se afinaran los criterios estadísticos que justificaban la concesión de estos avales al rango de edad elegido y que comprende hasta los 35 años de edad.
Las solicitudes del gabinete jurídico fueron, en general, atendidas más aún teniendo en cuenta que existía necesidad de aprobar la medida antes de las elecciones porque el Gobierno de España estaba haciendo varios anuncios para facilitar la compra de viviendas a los jóvenes. Así, se incluyó un párrafo para justificar que el difícil acceso a la vivienda «se ha visto agravado por la una crisis internacional derivada de una guerra que ha producido, como una de las consecuencias más notables,una crisis de inflación desmesurada..».
El decreto-ley se convalidará hoy en el Pleno del Parlamento y se desarrollará en las próximas meses. Está previsto invertir 20 millones de euros en avales para facilitar la compra de viviendas a jóvenes con un precio de referencia máximo de los inmuebles de 295.240 euros.
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