Secesionismo

Absueltos los 12 independentistas radicales que se encadenaron al Palau de Justicia

El TSJC confirma la absolución y desestima el recurso presentado por la Fiscalía por ser un acto de “libertad de expresión”

Un pequeño grupo de manifestantes independentistas abuchean al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. EFE/David Borrat.
Un pequeño grupo de manifestantes independentistas abuchean al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. EFE/David Borrat.David BorratEFE

El independentismo en Cataluña se ha caracterizado en los últimos años por protestar de todas las formas posibles. Desde el cerco a la conselleria de justicia hasta los cortes diarios que se suceden desde hace más de un año, en la Meridiana, una de las arterias de Barcelona, los manifestantes han llevado a cabo todas las formas posibles por tomar las calles. En otra de las múltiples protestas que el independentismo realizó, 200 personas el 23 de febrero de 2018 subieron las escaleras del Palau de Justicia de Cataluña a primera hora de la mañana tras una concentración en Plaza Cataluña. Hoy, el alto tribunal catalán ha confirmado la absolución de los miembros implicados.

En aquella protesta, miembros de los grupos más radicalizados de los partidos políticos independentistas como Arran, las juventudes de la CUP, junto a los CDR, Alerta Solidària y la CUP, “cerraron las puertas y pasaron cadenas de hierro entre el forjado de las puertas, rodeando con ellas sus cuerpos”, explica la sentencia. Ante el requerimiento de los agentes para que disolvieran la concentración, los manifestantes se negaron provocando que 12 de ellos fueran enjuiciados.

Con la sentencia emitida por el TSJC, la Sección de Apelaciones desestima el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la resolución dictada el 20 de febrero de 2020 por la Audiencia Provincial de Barcelona, que acordó la absolución y que ahora confirma íntegramente el TSJ. Así mismo, se confirma lo dictado previamente, por el cual no se puede condenar a los manifestantes que “ejercían derechos fundamentales como el la libertad de expresión y manifestación”.

El TSJC reafirma que los manifestantes no causaron daños en personas ni objetos, ni amenazaron con hacerlo, por lo que descarta que cometieran un delito de desórdenes públicos. También remarca que, aunque trataron de impedir que los Mossos les desataran, “no se opusieron golpeando a los agentes”, y concluye que su conducta solo fue una falta de respeto y consideración a los policías porque les dificultaron su trabajo. Para el TSJC estas acciones no se pueden achacar a desordenes graves o violentos y no ve delito en lo ocurrido.

Para el TSJC, no existió ningún hecho ni conflicto “grave” en los altercados que se llegaron a producir cuando la policía quiso que salieran del lugar. Según la sentencia, “ni la circulación de personas, ni con el orden público ni con el normal funcionamiento de la actividad de los órganos judiciales ubicados en el interior del Palau de la Justicia”.

“Todo ello valorado desde la perspectiva del ejercicio de derechos fundamentales como la libertad de expresión en el ámbito de la protesta social”, añaden los magistrados en la sentencia, y destacan que impidieron el paso por la puerta principal que se abrió sobre las 9 horas, pero se pudo entrar por las puertas laterales en todo momento.

La CUP ha celebrado la absolución a través de las redes sociales, exponiendo que no se puede juzgar a alguien por “protestar”. El partido, enfrascado en las negociaciones actuales por la Generalitat, siempre ha animado a sus simpatizantes a movilizarse para apoyar la causa secesionista.