Tribunales

La jueza avala la eutanasia a una joven de 23 años de Barcelona pese a la oposición frontal del padre

"Estamos ante una persona mayor de edad y capaz de ejercer de forma libre todos los derechos que las leyes le reconocen" señala la magistrada

La Ciutat de la Justicia, en L'Hospitalet
La Ciutat de la Justicia, en L'HospitaletEuropa Press

El Juzgado Contencioso Administrativo 5 de Barcelona avala la eutanasia de un joven cuyo padre había impugnado la resolución dictada por la Comisión de garantía y Evaluación de Cataluña en la que se le concedía el derecho a morir dignamente alegando que el paciente "sufre problemas de salud mental".

El padre invocó el derecho a la vida familiar, textualmente, como motivo para paralizar el proceso, pero en una interlocutoria avanzada por 'ElDiario.es', la jueza Montserrat Raga expresa que "pareciera que la simple relación familiar" legitimaría al progenitor para iniciar un proceso legal, pero señala que según la legislación europea se requiere que el vínculo entre ambos sea real.

En este caso, el paciente vive solo, puesto que tiene un hijo menor de edad con una discapacidad con el que no tiene ningún tipo de relación, y tampoco tiene buena relación con su padre, por lo que solicitó que "no se comunicase la existencia del procedimiento a ningún familiar ni persona próxima", por lo que el recurrente no forma parte del mismo ni interviene como parte interesada, otro argumento para descartar su legitimación en la vía judicial.

"Estamos ante una persona mayor de edad y capaz de ejercer de forma libre todos los derechos que las leyes le reconocen", señala la interlocutoria, en la que la jueza recoge que en ninguno de los diagnósticos médicos se hizo mención de que el solicitante de la eutanasia sufra una enfermedad mental que lo incapacite para tomar sus propias decisiones.

"Todas estas circunstancias invalidan cualquier interés que se pueda fundamentar en el derecho a la vida familiar como interés legítimo para impugnar el acta", recoge la jueza, que inadmite el recurso contencioso administrativo y avala que se le aplique la eutanasia en una resolución contra la que cabe recurso de apelación ante el mismo juzgado a resolver por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).

La titular del Juzgado Contencioso Administrativo 12 de Barcelona mantenía la suspensión de la eutanasia a una joven de 23 años al no apreciar "un padecimiento grave, crónico e imposibilitante", según el auto.

La jueza añadía que no concurren las situaciones que contempla esta ley, prevista para situaciones en las que existan limitaciones que incidan directamente "sobre la autonomía física y actividades de la vida diaria" de una persona, de manera que no le permita valerse por sí misma y que le provoque un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable, sin posibilidad de una cura o de una mejoría.

En este caso, la magistrada afirma que, desde un intento de autolisis en octubre de 2022, la joven sufre una lesión medular que afecta a su movilidad, pero pone en duda que sea irreversible, pues hay un vídeo aportado a la causa en el que se le ve caminando con muletas.

Tampoco entiende que la patología psíquica que sufre sea irreversible, dado que en los informes sobre el tratamiento que está siguiendo hay "situaciones cambiantes respecto a su deseo de morir", según la jueza.

Reconoce en su resolución --que no es firme y cabe recurso-- que "no cabe duda de que se trata de un caso complejo", pues la joven sufre una patología mental que, en sus palabras, le provocan un sentimiento de incomprensión por parte de su familia, llegado a expresar sentirse sola y vacía, pero sin que todo esto suponga un pronóstico de vida limitado ni tampoco un contexto de fragilidad.

Estaba previsto que la joven recibiera la eutanasia el viernes 2 de agosto, pero su padre, representado legalmente por Abogados Cristianos, pidió a la jueza que decretara medidas cautelares y paralizara el proceso, después de que la chica manifestara tener dudas al respecto de su decisión en una carta que escribió de su puño y letra el 29 de julio.

En declaraciones de José María Fernández, abogado de la Fundación Española de Abogados Cristianos, el 7 de agosto en la Ciutat de la Justícia de Barcelona, la joven manifestaba en este escrito "que quería 6 meses más porque quería pensarse su decisión porque tenía proyectos vitales por delante, como, por ejemplo, irse a vivir con un familiar".

Por este motivo, el padre acudió a los tribunales aduciendo, en palabras del abogado, que "su consentimiento estaba viciado" por los problemas de salud mental que padece, que hacen que tenga un nulo control sobre sus impulsos y que su percepción sea cambiante.