Tribunales

La coordinadora de ONG recurre la segunda sentencia del caso Blasco

El recurso se centra principalmente en la absolución del ex conseller del delito de asociación ilícita

Rafael Blasco, en una imagen de archivo
Rafael Blasco, en una imagen de archivolarazon

La Coordinadora Valenciana de ONGD presentó el pasado viernes un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por la sentencia de las piezas 2 y 3 del conocido como caso Cooperación, por el que se condenó al exconseller Rafael Blasco y a otras 19 personas por el desvío de fondos públicos para cooperación internacional.

Las penas, en total, fueron de 35 años y 6 meses de prisión en lugar de los 150 que pidió esta acusación popular, un hecho que permitirá eludir la prisión a la mayoría de condenados, ha informado la Coordinadora en un comunicado.

El recurso de la Coordinadora Valenciana de ONGD se centra principalmente en la absolución del ex conseller Rafael Blasco, el empresario Augusto César Tauroni, el funcionario Marcos Antonio Llinares, y Luis Castel, jefe de una empresa evaluadora de proyectos de cooperación, por el delito de asociación ilícita o pertenencia a grupo criminal.

A su juicio de la Coordinadora, durante el juicio se presentaron abundantes pruebas de que los tres acusados actuaron de forma concertada, con un plan delictivo común y con una estructura duradera.

Por este delito, la acusación popular pedía entre dos y cuatro años de cárcel para Blasco, Tauroni y Llinares.

También considera que se han aplicado indebidamente los atenuantes de confesión tardía, reparación del daño y dilaciones indebidas, porque no concurren las causas para su aplicación: la mayoría de los condenados se negó a declarar en el acto del juicio, han devuelto una ínfima parte del dinero robado, y los retrasos han sido debidos a los recursos que han interpuesto a cada paso las propias defensas de los condenados.

En este sentido, la Coordinadora alega que la sentencia recurrida ni justifica, ni clarifica, ni explica, ni motiva ninguna de las circunstancias atenuantes, “contraviniendo innumerable jurisprudencia sobre esta cuestión”.

“La Sala -concluye la Coordinadora-, se limitó en su sentencia a aplicar los atenuantes sin fundamento alguno”.

Esa falta de razonamiento de la sentencia se alega también respecto a la motivación de las penas impuestas a cada uno de los acusados.

“A pesar de reconocer probados los delitos de malversación, prevaricación, fraude en subvenciones y falsedad documental, entre otros, la Audiencia condenó al ex conseller Blasco a sólo un año de prisión de los 16 que pedía la acusación popular, mientras que Tauroni fue condenado a dos años de los 22 que se solicitaban, y Marc Llinares a dos años y nueve meses de los 14 que le podrían haber correspondido”.

La Coordinadora Valenciana de ONGD recuerda que la sentencia de la Audiencia Provincial de València detalla, en decenas de páginas, cómo los condenados en la trama corrupta trampeaban los procedimientos para adjudicar proyectos de cooperación a falsas ONGD, y a través de, al menos, 27 empresas radicadas en España y EEUU, a las que los testaferros de Tauroni desviaban el dinero de las subvenciones públicas para cooperación.

“Ha sido una de las tramas más inmorales a las que nos hemos enfrentado en los últimos años, porque se aprovecharon del sufrimiento de miles de personas que necesitaban ayuda humanitaria, para enriquecerse personalmente. Por eso seguimos luchando después de 10 años, para defender la dignidad de la cooperación y para lograr la devolución de los fondos defraudados”, explica la presidenta de la Coordinadora, Lourdes Mirón.