Sucesos
Condenada por coger 7.600 euros a su pareja tras denunciarle por malos tratos
El hombre había recibido un ingreso de 55.934 euros como compensación por un despido laboral y ambos mantuvieron una discusión que acabó con la denuncia de la mujer por malos tratos
Una mujer ha sido condenada a 13 meses de prisión por apropiarse de 7.600 euros de la cuenta del hombre con el que mantenía una relación sentimental justo cuando éste estaba arrestado por una denuncia por violencia machista que ella acababa de presentar.
Los hechos se produjeron el 30 de marzo de 2015, después de varios años de convivencia en el que la acusada y su pareja de hecho residieron juntos e incluso compartieron poderes en cuentas bancarias, a pesar de no haber contraído matrimonio.
Según la sentencia, ese día el hombre había recibido un ingreso de 55.934 euros como compensación por un despido laboral y ambos mantuvieron una discusión que acabó con la denuncia de la mujer por malos tratos.
El hombre fue detenido y llevado a los calabozos de la Policía, “circunstancia que aprovechó la acusada para acudir al banco y realizar dos extracciones, una de 4.600 euros y otra de 3.000” en la cuenta abierta a nombre de su pareja, en la que ella figuraba como autorizada.
El Juzgado de lo Penal número 5 de Alicante condenó a la acusada a una pena de un año y un mes de prisión como responsable de un delito de apropiación indebida, en sentencia dictada el pasado mes de marzo.
No obstante, la acusada recurrió en apelación al considerar que se había producido una valoración errónea de la prueba y que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia, con el argumento de que el dinero extraído pertenecía a los dos miembros de la pareja.
Sin embargo, el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia confirma la sentencia de primera instancia en su integridad, después de insistir en que no se había aportado ningún argumento exculpatorio. El tribunal remarca, de hecho, que la acusada se negó a declarar a lo largo de todo el procedimiento y también durante la celebración del juicio.
Por último, concluye que la procesada no podía alegar como motivo absolutorio que en el momento de la extracción del dinero todavía se mantuviese la relación sentimental, puesto que había presentado una denuncia contra su pareja y había solicitado medidas de protección que, de facto, ponían fin a su convivencia.
Así, en sentencia dictada el pasado 15 de octubre, el tribunal resuelve que “la acusada, que había recibido la facultad de operar por medio de la firma autorizada en la cuenta bancaria de la que era titular el denunciante, aprovecha tal circunstancia para extraer y hacer suyas las cantidades de dinero que incorpora a su patrimonio sin motivo que lo justifique”.
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