Impuestos: la culpa es de los romanos
Los tributos están unidos al modelo político y social de cada tiempo. Caídas de imperios, crisis de estructuras feudales o revoluciones liberales estuvieron vinculadas a cambios en la organización fiscal
Los tributos están unidos al modelo político y social de cada tiempo. Caídas de imperios, crisis de estructuras feudales o revoluciones liberales estuvieron vinculadas a cambios en la organización fiscal
Desde un punto de vista histórico, la continua tentación de maldecir a los tributos podría llevarnos a culpar a los romanos. A ellos debemos las primeras figuras consistentes que se asemejan a nuestros modernos impuestos. Allí se originó la palabra «tributo» para referirse a la distribución y reparto de bienes que debía hacerse entre las tres tribus originarias de Roma, los Ramnnes, Tites y Luceres. Así, el estudio histórico de los impuestos suele iniciarse en época romana porque, aunque existen figuras similares a los impuestos desde épocas prerromanas, las referencias resultan difusas y controvertidas.
Los romanos fueron los primeros en recaudar figuras parecidas a los impuestos, si bien era extraordinario que los romanos con estatus de cives o ciudadanos los pagaran. La obligación de contribuir a las cargas de Roma era fundamentalmente exigible a los pueblos sometidos, en función de su carácter estipendiario o «decumano»: es decir, se gravaban las tierras o su producción y la riqueza de las personas. También existían otros tributos menores, como la portaria, un primitivo arancel aduanero pagado por el paso de mercancías por las puertas de las ciudades, o la «vicesima libertatis», por la liberación de esclavos.
De esa forma, las arcas de la República se nutrían fundamentalmente de ingresos como censos o alquileres de tierras públicas, y botines y confiscaciones a otros pueblos. En cuanto a los cives, se tenía la idea de que pagar tributos era deshonroso e impropio de su condición de personas libres. Sólo en contadas ocasiones, coincidentes con tiempos de dificultades financieras, se establecían impuestos sobre ellos, con carácter extraordinario y, en numerosos casos, reembolsables.
Sin embargo, esto fue cambiando con el tiempo. Aunque durante el Alto Imperio se mantuvo el rechazo al establecer impuestos sobre los ciudadanos, la mejora de los servicios públicos, la expansión del imperio, la disminución de los gastos por la paralización de las conquistas, una nefasta gestión del gasto y la concesión de la ciudadanía a todos los habitantes del Imperio llevaron a la necesidad de crear nuevos ingresos y aumentar los existentes.
Impuestos superpuestos
De esta época se puede destacar la creación de la «vicesima hereditatium», precursor de nuestros impuestos sobre sucesiones; y la «centesima rerum venalium», que gravaba las ventas en pública subasta. Y así, se fueron creando más tributos durante el Bajo Imperio, como la annona, pagos en especie para el ejército, Roma y Constantinopla, y la capitación, que instauró Diocleciano, un impuesto universal que gravaba la riqueza a partir de cierto patrimonio, considerando las cabezas y tierra, como elementos básicos de producción en la época, la unidad de medida del tributo.
Tras la caída del Imperio, el sistema tributario desarrollado por los romanos fue desorganizándose progresivamente en los territorios en los que habían estado presentes. En la mayor parte de Europa se mantuvieron tributos romanos –sobre tierras o comercio en ciudades–, pero la parte más significativa de los gastos recayó, nuevamente, sobre botines y rentas por la cesión de tierras públicas.
La máxima expresión de esa desorganización se dio en la Península Ibérica tras la invasión musulmana. La Reconquista y los derechos y jurisdicción otorgados a distintas personas o instituciones llevaron a la absoluta disparidad fiscal y a la ausencia de un régimen tributario unitario y coherente. En este sentido, reyes, señores, municipios e Iglesia –el famoso diezmo, que obtenía la décima parte de las cosechas o rendimientos– establecían numerosas prestaciones por conceptos de lo más diverso y, en numerosos casos, de forma superpuesta. Así, personas sujetas a una relación de vasallaje con un señor o rey pagaban determinadas cantidades en relación con la cesión de tierras y, al tiempo, podían tener que prestar servicios o entregar cantidades al mismo señor u otro a cambio de la protección otorgada, por la renta obtenida o por el uso de servicios como caminos, puertas, puentes o mercados. Cabe destacar también la herencia de tributos musulmanes, como la alcabala o el almudí, que gravaban transacciones mercantiles o el comercio.
Este desorden fiscal comenzó a reorganizarse en la Península Ibérica durante los últimos siglos de la Baja Edad Media. La integración de territorios y reinos bajo una misma autoridad y el progresivo fortalecimiento de la figura del Rey entre los siglos XV al XVII aproximaron los sistemas fiscales, sin perjuicio de que al tener una Hacienda propia cada territorio –Castilla, Navarra, Aragón, Valencia, Mallorca y el Principado de Cataluña, además de los territorios de Indias– estos tuvieran características y configuración propias. De esa manera, en esta época se asientan tributos sobre tráfico comercial o sobre la tierra, evolucionando hacia cargas fijas. También surgen nuevos derechos del Rey sobre determinadas transacciones o productos como la Administración de Justicia, salinas, minas, tabaco, papel timbrado, alcoholes, comercio con las Indias y otros, que podrían considerarse formas primitivas de tasas o timbres modernos.
La desigualdad tributaria, los privilegios o las exenciones de la nobleza dieron lugar a conflictos sociales que con frecuencia desembocaban en revueltas a partir del siglo XVI que provocaron cambios en los tributos en busca de la equidad, gravando a todos los ciudadanos sin excepciones. Esto tendría un extraordinario impacto a principios del XIX con las constituciones liberales, y más aún en el último tercio de siglo.
Ya a finales del XIX y principios del XX la tendencia de los países europeos derivada de la evolución económica, política y social del liberalismo, empujaría a los sistemas impositivos a pivotar sobre los Impuestos sobre la Renta –de personas físicas y de sociedades– y los Impuestos sobre Ventas, sin perjuicio de otros tributos menores como tasas o aranceles. Así se consagraría una estructura impositiva que, con matices, ha llegado hasta nuestros días.
Dilemas fiscales
Vista la evolución de los tributos, se extraen dos conclusiones. La primera es que el sistema impositivo se interrelaciona con la estructura social, política y económica vigente. No se trata de una mera influencia del contexto en el sistema fiscal, sino que éste también interviene en la evolución política y económica. Así, las grandes transformaciones de la Historia como la caída de imperios, la crisis de las estructuras feudales o las revoluciones liberales, tuvieron su origen, al menos parcial, en cambios en la organización fiscal. La segunda es que el sistema fiscal incide sobre lo que se considera valioso en cada época. Por ello en Roma se grava la tierra y los esclavos, o en la época moderna, el comercio, con los tributos mercantiles; y, a partir del siglo XIX, se gravaría la renta como expresión del modelo capitalista y liberal que se impondría.
En la actualidad existe un doble dilema fiscal. Por un lado, las manifestaciones de riqueza que van cobrando mayor relevancia en la actualidad (patentes, marcas o ideas) son intangibles, lo que dificulta su conexión con la soberanía fiscal eminentemente territorial de los Estados. Por otro lado, el modelo socioeconómico vigente de libre circulación de capitales influye en el sistema fiscal, haciendo recaer la mayor parte de la carga impositiva sobre las clases medias, tensionando la estructura sociopolítica.
Por tanto, podemos concluir que se necesita un análisis adecuado de los cambios económicos y sociales que estamos sufriendo para mantener en equilibrio en ese viaje de ida y vuelta entre fiscalidad y contexto socioeconómico. De lo contrario, la historia de los impuestos nos enseña que una quiebra de ese binomio podría servir para avanzar, pero a unos costes notablemente elevados y difícilmente asumibles.
Causa de conflicto
Los impuestos han sido el detonante de algunos de los más grandes eventos de la humanidad. La Magna Carta británica es la respuesta, entre otras cuestiones, a la exigencia de garantías parlamentarias ante los desenfrenados incrementos impositivos que los monarcas usaban para sufragar sus continuos conflictos bélicos, como la Guerra de las Rosas, que parece que fue influida por los continuos incrementos impositivos necesarios para sufragar la Guerra de los Cien Años. En la revolución americana, los incrementos de impuestos y el establecimiento de nuevos, como el conocido impuesto sobre el té, que derivaría en el motín que lleva tal nombre, llevaron al inicio de la revolución bajo el lema «No a los impuestos sin representación». Durante la revolución francesa se dio una subida de impuestos por la negativa de las clases nobiliarias a pagar tasas. En España, parece que los intentos de reinstaurar el quinto sobre los impuestos municipales fue uno de los puntos de conflicto que llevó a la sublevación de Cataluña. Y que la capital de España sea Madrid puede tener también cierta explicación impositiva: Felipe III decidió fijar ahí la capital al estar dispuesta la ciudad a incrementar los tributos sobre sus alquileres.