F. C. Barcelona
Messi defraudó de forma «burda»
La Abogacía del Estado pide que se avale la condena a 21 meses de cárcel al astro y a su padre
La Abogacía del Estado pide que se avale la condena a 21 meses de cárcel al astro y a su padre
Messi y su padre acudieron al despacho que les organizó todo lo relativo a las sociedades radicadas en el extranjero «con la estructura fraudulenta traída de casa», que no tenía otra finalidad que «evadir la tributación en territorio español»; y el jugador «una cosa tenía clara»: que lo que obtenía por sus derechos de imagen restadas las comisiones correspondientes, quedaba a su disposición sin detrimento alguno –era el capital beneficiario del fraude–. Y es que, «a pesar de las alambicadas construcciones societarias, el rendimiento siempre revertía en el jugador. La sentencia de la Audiencia de Barcelona que condenó a 21 meses de cárcel por fraude fiscal al astro y a su padre por tres delitos fiscales no se dictó «con la única finalidad de escarmentar a un personaje público, y educar o atemorizar así a la sociedad», y, en cambio, sí burló de forma «burda» el ordenamiento jurídico, «encomendando la presentación de las declaraciones a un tercero y aprovechando el beneficio neto de la trama fraudulenta». Éstos son algunos de los argumentos que esgrime la Abogacía del Estado en el informe ante el Tribunal Supremo, donde pide que se confirme la pena al jugador y a su padre.
En el informe de los Servicios Jurídicos del Estado, al que ha tenido acceso íntegro LA RAZÓN, se rechazan uno por uno los motivos del recurso de la defensa, entre otros que se vulneraba su derecho a la presunción de inocencia. En este sentido se sostiene que existió suficiente prueba de cargo contra los dos condenados y que en ningún momento se puede responsabilizar al bufete de abogados que creó las sociedades: «Intervenía activamente en la gestión de sus derechos de imagen, los cuales, sin embargo, no tributó nada en España. Ratificó contratos y actos que eran claramente simulados», y, además, «sabía o debía saber» que «no depositaba un sólo céntimo en el erario público» de lo que percibía el futbolista por sus derechos de imagen.
Una buena parte del escrito de impugnación al recurso de los condenados se centra en desmontar la tesis de que parte de la responsabilidad la tenía el despacho de abogados al que acudieron para que les asesorase fiscalmente. Sin embargo, ese despacho «no era un mandatario que asumió la absoluta gestión y representación de los intereses» de sus clientes, sino que se limitaban a prestarles asesoramiento e informarles. «Tanto es así que la estructura defraudatoria no es original de sus asesores, venía ya creada». En definitiva, añade la Abogacía del Estado, «Lionel Messi no se desentendió de sus negocios», sino que «participó activamente». En este punto, destaca que los recurrentes –Messi y su padre– «ya venían con la estructura fraudulenta creada de casa, pues el bufete no innova en la estructura de gestión de los derechos de imagen, sólo cambian Belice por Uruguay».
En esta línea sostiene que Messi «contribuyó a la ocultación» de esos ingresos, ya que «gestionaba sus derechos de imagen y validó los contratos simulados, que era piedra angular del fraude».
La conclusión a la que llega la Abogacía del Estado es concluyente: «Lionel Messi ha prestado su colaboración a una trama de simulación con exclusivo ánimo defraudador, y con ella ha conseguido obtener un considerable beneficio: conservar sus rendimientos íntegramente».
«La fama no conlleva una menor pena»
La Abogacía del Estado rechaza de plano que Messi haya sido objeto de un «juicio paralelo» por su condición de astro futbolístico. «No ha existido juicio paralelo en los medios de comunicación o en la ciudadanía. Ha existido ejercicio del derecho a la información y libre pensamiento». Junto a ello, destaca que la fama de la que goza Messi no puede conllevar una «penalidad más leve».
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