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¿Cuándo se cobra la prestación por ERTE?

Casi dos millones de trabajadores afectados estarían ya cobrando la prestación por desempleo

Coronavirus.- Hoteleros y sindicatos piden ampliar los ERTE por fuerza mayor en el sector turístico a 6 meses o más
Hoteleros y sindicatos piden ampliar los ERTE por fuerza mayor en el sector turístico a 6 meses o máslarazonEUROPA PRESS

José Luis Escrivá casguró en una de sus comparecencias que casi dos millones de trabajadores afectados por ERTE estarían ya cobrando la prestación por desempleo, es decir, casi el 16 % de la población activa está incluida en ests expedientes temporales de regulación de empleo.

¿Cuándo se cobra?

Según el Servicio Público de Empleo, el pago de la prestación se realizará por mensualidades de 30 días o por el periodo inferior que, en su caso, corresponda, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al mes del devengo y, salvo excepciones, se hará mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que se haya indicado.

¿Cuál es la fecha de inicio del ERTE? ¿Y cuál sería la fecha final?

Si es por fuerza mayor

La fecha de inicio del ERTE es la del primer día en que cada trabajador vea suspendida su relación laboral o reducida su jornada de trabajo. Para la fecha final se indicará la fecha en que esté previsto que finalice el estado de alarma, la fecha conocida en el momento de remitir el fichero, salvo que la empresa considere que el trabajador vaya a estar en suspención o reducción menos tiempo, por retornar a la actividad empresarial. En ese caso se indicará la fecha final que corresponda al caso específico para cada trabajador, teniendo en cuenta que esta información desencadena la interrupción de la prestación por desempleo.

Si es por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción

Las fechas de inicio y de finalización de las medidas adoptadas en un ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP) serán las decididas por el empresario, sea con o sin acuerdo con los trabajadores. Podrán afectar a todos los trabajadores por igual o dependiendo de las funciones de cada uno y de la actividad residual de la empresa. En el caso de que no conste en la decisión empresarial una fecha final, en el fichero que contiene la solicitud colectiva de prestación por desempleo se dejará el campo en blanco para cada trabajador. Si se conoce este dato para unos trabajadores pero no para otros o se conoce para una medida pero no para otra, caso de ser un ERTE mixto, se indicará el dato cierto, dejando en blanco el campo en caso contrario.