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Me arrepiento de haber aceptado el bono de la aerolínea, ¿qué puedo hacer?

Las posibilidades de reclamar el importe dependerán de si la compañía ocultó información al cliente

Trigésimo séptimo del estado de alarma
Un pasajero ante los paneles de información del Aeropuerto de Barcelona-El PratAlejandro GarcíaEFE

Las prisas no son buenas consejeras y el pánico lo es aún menos. Cientos de afectados por las cancelaciones de vuelos tomaron un decisión precipitada ante el miedo a perder el dinero invertido en sus billetes. Ahora, se arrepienten de haber aceptado un bono canjeable en lugar del reembolso. Los efectos económicos derivados de la crisis sanitaria y las lejanas perspectivas de viajar más allá de las fronteras españolas hacen esta opción menos deseable que la devolución. Las posibilidades de reclamar el importe una vez aceptado el bono dependerá de si la aerolínea ofreció al cliente ambas opciones o si, por el contrario, ocultó al comprador su derecho de recuperar el importe. Cabe recordar que, durante los primeros días del estado de alarma, la gran mayoría de las aerolíneas españolas no estaban ofreciendo a los clientes el reembolso automático, sino un bono por el importe con el que comprar otro trayecto en un plazo determinado, de entre seis meses y un año. Reclamador.es aclara cuáles son las alternativas de los viajeros.

Falta de información

La decisión debe ser del viajero, siempre que tenga todas las opciones sobre la mesa. Si la compañía aérea solo ofreció el bono al cliente, sin la opción de reembolso, este vale canjeable puede perder la validez y el cliente podrá recurrir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) para reclamar la devolución del importe. Así, Esperanza Palacio, codirectora legal de Reclamador.es, señala que “si no se ofreció la posibilidad de reembolso o este fue imposible solicitarlo de una manera “fácil”, la recomendación para los viajeros afectados es que se asesoren con profesionales en la materia, ya que la falta de información de esa posibilidad, o la imposibilidad en sí misma de poder solicitarlo, habilita la opción de reclamar el reembolso tras haber aceptado el bono”. En relación a aerolíneas sin sede en la Unión Europea, que realizan vuelos internos en el país de destino y que se rigen por el Convenio de Montreal, la reclamación es más complicada, explica Reclamador.es. Puesto que, pese a que el viajero puede ponerse en contacto con la compañía aérea para solicitar su dinero, no podrá pedir que se ejecute el pago si la compañía aérea no procede a realizar el reembolso.

El principal problema de estos bonos es la posibilidad de que la compañía quiebre ya que, si el documento emitido no tiene el respaldo de un avalista, no se asegura que el importe esté cubierto. En los casos en los que al cliente se le ofrecieran todas las opciones, la posibilidad de reclamar el dinero es prácticamente nula. No obstante, en caso de no poder canjear el bono en el año establecido, Reclamador.es insta a que el cliente se ponga en contacto su aerolínea e intente negociar las condiciones argumentando que no podrá volar por cuestiones económicas o por sentir aún miedo a un posible contagio. En caso de que el billete formase parte de un paquete turístico, el minorista deberá reembolsar el importe al cliente transcurrido el periodo sin haberlo utilizado.

Vacaciones de verano

Aún se desconoce cuándo se abrirán las fronteras y los pasajeros que tienen vuelos reservados para los meses de julio o agosto pueden no haber recibido aún la notificación de cancelación. Si desean mantener su viaje pero atrasarlo unos meses, Reclamador.es aconseja cambiar ahora la fecha del vuelo si tienen la posibilidad de hacerlo sin coste. Si, en cambio, tienen la intención de no viajar, puede esperar a que la empresa comunique la cancelación. En tal caso, la aerolínea deberá reembolsarle el precio del billete en un plazo máximo de 7 días. El cliente también puede transmitir a la compañía aérea que no viajará, aunque en tal caso la devolución tardará hasta 74 días en efectuarse.