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El Supremo sentencia que los permisos retribuidos en grandes almacenes se disfrutarán en días laborables

Solo establece una excepción, en los permisos por matrimonio. Ha desestimado el recurso presentado por Anged

Pasillos de un supermercado
Pasillos de un supermercadoMOHAMED AZAKIRREUTERS

El Tribunal Supremo ha establecido que los permisos retribuidos, excepto el de matrimonio, sean disfrutados íntegramente por las plantillas de empresas de grandes almacenes y grandes superficies en días laborables e iniciar entonces su cómputo cuando el hecho que los causa se produce en una jornada que no lo es. El Alto Tribunal fija su posición en un fallo fechado el pasado 29 de septiembre y que comprende permisos asociados a eventualidades como un accidente grave u hospitalización de parientes hasta segundo grado, nacimiento de hijo, enfermedad grave o fallecimiento de parientes, traslado de domicilio habitual y matrimonio de parientes hasta segundo grado. Para su cómputo y, salvo en la eventualidad del matrimonio del trabajador, determina que “no podrán tenerse en cuenta los días no laborables”, considerando que no serían, por tanto, “tales disfrutes si coinciden con jornadas festivas, vacaciones o de descanso”, según el fallo del Alto Tribunal recogido por Servimedia.

Emitido sin costas para las partes, desestima el recurso de casación que había interpuesto la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (Anged) contra la sentencia dictada el 28 de junio de 2018 por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en línea parecida, y estima el presentado por UGT, al que se adhirió CCOO, así como parcialmente el formulado también por Fetico. El sindicato Fasga celebró que “ratifica” lo “conseguido” por la propia Fasga ya con el fallo previo de la Audiencia Nacional.

El pronunciamiento del Tribunal Supremo se apoya en la jurisprudencia que el propio organismo ha creado a cerca de los permisos y será de aplicación en los convenios del sector de la gran distribución, y en sus propias resoluciones en materia de permisos retribuidos emitidas en relación a los convenios colectivos del sector del Contact Center, del sector de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos, de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos o para el Acuerdo de Homologación de condiciones para el personal de Tragsatec y el colectivo estatal de empresas de trabajo temporal, esta últimas emitidas también durante el actual ejercicio 2020.

Las empresas asociadas a Anged del sector de la gran distribución dan empleo a 231.500 personas, facturan 40.200 millones de euros al año y cuentan con el 75% de sus proveedores con firmas españolas, conforme a los últimos datos disponibles en la web de esta patronal.