Seguridad Social

Sin trabajo y sin ayudas: el Ingreso Mínimo de Escrivá discrimina a los jóvenes precarios

Quedan excluidos los menores de 23 años, salvo algunas excepciones, y los menores de 30 años deben cumplir unos requisitos más estrictos. Este trato discriminatorio es inconstitucional, denuncia el Consejo de la Juventud de España

Varias personas esperan a la puerta de una oficina de empleo de Madrid
Varias personas esperan a la puerta de una oficina de empleo de MadridJesús G. FeriaLa Razon

Los pilares sobre los que se sustenta el Ingreso Mínimo Vital (IMV) han ido resquebrajándose uno a uno durante el primer año de vida de esta prestación. Los fallos en su diseño han dejado profundas grietas como el abandono de uno de los colectivos más golpeados por la crisis de la Covid: los jóvenes. Así lo ha alertado el Consejo de la Juventud de España en su informe “Ingreso Mínimo Vital: ¿es justo con la juventud?” presentado hoy. La respuesta es un no rotundo. Además de exigir requisitos más estrictos para los menores de 30 años, los jóvenes de entre 18 y 23 años quedan prácticamente excluidos de esta prestación, a excepción de determinados supuestos, una situación que el análisis tacha de inconstitucional por violar el principio de igualdad.

Los jóvenes no se habían recuperado de la anterior crisis cuando llegó la pandemia. El IMV “no está siendo ágil, ni garantista, ni se dirige al colectivo más golpeado: la juventud, por tanto no está cumpliendo con no dejar a nadie atrás, por ello, urge una revisión para que esta política pública sea realmente útil para quiénes más la necesitan”, reclama el Consejo.

Lo cierto es que “no hay una motivación justificada de la discriminación en cuanto al acceso de las personas jóvenes al IMV”, concluye este informe. La exclusión de las personas menores de 23 años y los requisitos específicos para el resto de la población joven parecen estar motivados por la desconfianza, y partiendo del supuesto de que los jóvenes lo pudieran usar para emanciparse. Esto, además de generar “una desigualdad inadmisible en un estado del bienestar”, subraya el documento, obliga a los jóvenes a volver bajo el amparo de sus familias hasta que amaine la tormenta.

Esta obligación es todo un castigo para los hogares que ya sufren para llegar a fin de mes. De hecho, aunque la familia pobre del joven sin recursos pueda acceder al IMV, la prestación ni siquiera está llegando al número de beneficiarios estimados en 2020 por el Gobierno. Según los datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) del mes de mayo, se están abonando 260.206 prestaciones al mes. Con esta cifra se estima que supone un apoyo para las 682.808 personas beneficiarias que componen esos hogares, una cifra que, sin embargo, aún está lejos de los 850.000 hogares que se propuso el Gobierno.

Requisitos más exigentes sin justificación

Negar que existen hogares jóvenes igual de necesitados es darle la espalda a la realidad. La formulación actual del IMV tampoco tiene en cuenta supuestos más extremos como los de personas jóvenes que no tiene la posibilidad de volver a casa de sus progenitores por diversos motivos, como ser huérfanos, una mala relación con la familia e incluso discriminación por su orientación sexual.

La ley recoge ciertas excepciones, aunque su carácter excluyente no solo es denunciado por el Consejo de la Juventud de España, sino también por el Defensor del Pueblo. Los jóvenes de entre 18 y 23 años solo pueden acceder a esta prestación si fueron menores tutelados, o mujeres víctimas de la violencia de género o personas que han sufrido situaciones de trata, o tienen hijos a cargo.

En el caso de la franja de edad comprendida entre los 23 y los 30 años, además de encontrarse en situación de vulnerabilidad, deben haber vivido emancipados durante tres años previos a la solicitud (aunque se pretenden reducirlo a dos años), cuando este periodo se reduce a un año para los mayores de 30 años. Esta exigencia excluye a la mayor parte de la población joven teniendo en cuenta que la edad media de emancipación según Eurostat es de 29,5 años y la capacidad de independizarse lleva cayendo de forma sostenida desde 2008, pasando de un 26% al 17,3% en el segundo trimestre del 2020, la caída de más acusada desde 1988 y el peor dato desde 2001.

También se les exige haber cotizado a la Seguridad Social al menos 12 meses, mientras que no se exige mínimo de afiliación para los mayores de esa edad. Por otro lado, “tampoco se debería descuidar la vinculación que se estaría produciendo en las comunidades autónomas con las prestaciones de carácter autonómico, de tal manera que en varias de ellas para poder solicitar dichas ayudas habría que solicitar previamente el IMV y solo en caso de ser denegado podrían acceder a solicitar la prestación autonómica”, desgrana el informe.

El Defensor del Pueblo trasladó al INSS los problemas de la norma para avisar sobre su posible inconstitucionalidad: “Cabría considerar que el texto legal podía incurrir en una situación de discriminación, prohibida por la Constitución, y en una vulneración del principio de igualdad jurídica”. Para aclarar esta cuestión, el documento del Consejo de la Juventud de España incluye un informe jurídico, elaborado por el catedrático de Derecho Constitucional Miguel Ángel Presno Linera; Enrique Hernández Diez, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Extremadura; y Guzmán Fernández de Céspedes, técnico de investigación en la Universidad de Extremadura.

De todo lo dicho, concluye que la previsión de la exigencia de 23 años de edad para acceder al IMV debe derogarse por ser inconstitucional. Lo es por ser discriminatoria y contravenir, así, lo dispuesto en el artículo 14 de la Constitución por el cual “todos los españoles somos iguales ante la ley” y por contradecir tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por España. También se entiende como una discriminación por parte de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Carta Social Europea. “La falta de la más mínima justificación racional de la diferenciación de trato”, también para los solicitantes de entre 23 y 30 años, “además de discriminatoria, incurre en arbitrariedad, por lo que también contraviene el artículo 9.3 de la Constitución”, recoge el documento.

3 millones de jóvenes deberían recibir el IMV

Junto al abandono institucional, los jóvenes se topan con otras barreras como la elevada tasa de paro y la precariedad laboral. Según la Tasa AROPE el 31,7% de las personas entre 16 a 29 años viven en riesgo de exclusión social o pobreza. Se sitúan como el colectivo con mayor riesgo, superando por un 5,5% a las personas de 45 a 64 años. Según este porcentaje, Elena Ruiz Cebrián, presidenta del Consejo, estima que alrededor de 3 millones de jóvenes deberían ser beneficiarios del IMV. No obstante, actualmente solo unos 54.000 hogares lo reciben.

A nivel laboral, el impacto de la pandemia ha sido mayor para las personas jóvenes, que ya sufrían problemas estructurales en el empleo como el paro, tasas de parcialidad y temporalidad elevadas. Los datos de paro juvenil se situaban en un 30% en el segundo trimestre de 2020, cuyo aumento fue el doble que en el resto de edades. Además, la inactividad también subió hasta situarse en una cifra récord, un 52,1% entre las personas de 16 y 29 años. Esta subida escondió parte del crecimiento del paro.

La juventud, que no era la destinataria típica de los ERTE, también fue el colectivo de edad más afectado con un 29,6%, frente a un 23,9% del resto de la población, al trabajar en los sectores más dañados como la hostelería y el comercio. Respecto al salario, las personas jóvenes han visto cómo se reducía en la última década, el salario medio en el segundo trimestre del 2020 era de 973 euros mensuales netos, cuando en el cuarto trimestre de 2011, en plena crisis económica era de 1025,70 euros mes.

La desprotección generada por el mal diseño de la prestación se suma a la lentitud para sellar sus principales grietas. El IMV aún está en debate parlamentario, más de un año después de la publicación del mismo como real decreto el 1 de junio de 2020. Sin embargo, la tramitación del proyecto de ley del Ingreso Mínimo Vital permaneció bloqueada hasta este pasado 1 de junio, tras acumular más de 30 prórrogas y cuando se cumplía ya un año de la aprobación del decreto. Los diversos partidos han presentado hasta 450 enmiendas de mejora y el Consejo de la Juventud de España también ha aportado tres propuestas gracias a Compromís, miembros del grupo Plural. Estas son: ampliación de la edad para acceder al IMV a los 18 años, equiparación de los requisitos de las personas menores de 30 años a los requisitos de las personas mayores de 30 años y excepción de pagos de precios públicos por servicios académicos post obligatorios.