Banca

La nueva comisión bancaria: cobrar por sacar dinero en ventanilla

Aunque el Banco de España apunta que no es algo general, muestra preocupación ante esta nueva medida

Una persona saca dinero de un cajero de una entidad bancaria
Una persona saca dinero de un cajero de una entidad bancariaEmilio NaranjoAgencia EFE

Algunas entidades bancarias están empezando a cobrar comisiones por la retirada de dinero en las ventanillas de las sucursales. A través de una publicación del Portal del Cliente Bancario del Banco de España, el supervisor ha explicado que estos recargos no son una práctica generalizada: “Las comisiones por sacar dinero en cajeros de otras entidades sí son habituales, pero el pago por este servicio de ventanilla es una práctica novedosa que causa sorpresa en los clientes”.

No obstante, desde el Banco de España han manifestado su preocupación, ya que si esta práctica se generaliza, muchos sectores de la población, como los ancianos o las personas poco familiarizadas con las nuevas tecnologías, pueden salir perjudicados. Por ello, el Banco de España, con el objetivo de que estos colectivos puedan seguir sacando dinero en efectivo de manera gratuita, ha establecido un criterio de buenas prácticas en el cual se apunta que los bancos deben facilitar, al menos, un medio gratuito, accesible y seguro.

Limitaciones y legalidad

Este nuevo cargo, además, no puede aplicarse en las cuentas de pago básicas en las que está limitada la comisión máxima mensual que se puede cobrar por el uso de determinados servicios, entre ellos, el de retirada de efectivo de los cajeros o en las oficinas. Esto quiere decir que estos recargos sean gratuitos cuando los titulares sean personas en especial situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera.

A nivel general, las entidades sí pueden obligar al abono de esta comisión y tienen libertad para establecer el precio de los servicios que prestan. Sin embargo, deben comunicar de forma clara y gratuita las condiciones de los servicios, así como su importe y cualquier otro detalle relevante.

Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) advierten que los clientes pueden exigir el reembolso cuando: se les aplica una comisión y la entidad no presta el servicio cobrado; si no solicitó el servicio o renunció a él; y si los cargos  superan las tarifas firmadas en el contrato. También recuerdan que el banco no puede cobrar los descubiertos en cuentas inactivas cuando se aplican tasas de mantenimiento.