Impuestos
Los asesores fiscales avisan: el nuevo tipo mínimo del 15% en Sociedades desincentiva el empleo
“La creación de empleo o las inversiones en actividades de I+D+i pueden verse perjudicadas si se aprueba el proyecto de ley tal como está redactado por el Ejecutivo”, advierten
Una novedad fiscal anunciada con los Presupuestos de 2022 y que engrosará las arcas del Estado es el tipo mínimo del 15% en el Impuesto de Sociedades para las empresas que facturen más de 20 millones de euros. Aunque tras la presentación de las cuentas, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, declaró que “este pequeño ajuste” afectará a “una parte pequeña” del tejido productivo, la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) ha advertido este jueves repercutirá negativamente y de forma generalizada en la creación de empleo y en la inversión en I+D+i. “La creación de empleo o las inversiones en actividades de I+D+i pueden verse perjudicadas si se aprueba el proyecto de ley tal como está redactado por el Ejecutivo”, avisa.
El tipo mínimo en Sociedades afectará a empresas que facturen más de 20 millones de euros, unas 1.070, con lo que se recaudarán 400 millones de euros. De momento para 2022 se calcula un ingreso inferior a 50 millones en los pagos fraccionados, a la espera de que el impuesto del ejercicio se liquide en 2023. Con esta decisión, España se adelanta al acuerdo firmado por 136 países de la OCDE que pactaron impulsar un tipo mínimo de Sociedades del 15% para las multinacionales en 2023. No obstante, y según anunció ayer la titular de Hacienda, el mínimo del 15% de tributación en el Impuesto sobre Sociedades no se aplicará en Canarias, comprometiendo que en la tramitación parlamentaria de los Presupuestos se “mejorará” la redacción de esta novedad fiscal.
Cambios necesarios para evitar sus efectos “perversos”
La Aedaf explica que, en caso de que resultase aplicable la cuota mínima, las deducciones aprobadas en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización verán “limitada” su aplicación, por lo que el contribuyente no contará con un incentivo para realizar inversiones en I+D+i, “tan necesarias para el futuro sostenible de la economía española”. “Del mismo modo, en el actual entorno económico, no resulta aconsejable desincentivar la creación de empleo, de ahí que se proponga que las deducciones por creación de empleo contempladas en el artículo 37 de la Ley no afecten a la cuota mínima del impuesto”, argumenta.
Por ello, los expertos de la Aedaf han elaborado una propuesta de enmiendas al proyecto presupuestario con algunas correcciones técnicas para evitar los “posibles efectos perversos que esa tributación mínima podría producir en otros incentivos fiscales o regímenes especiales habitualmente utilizados por las empresas”. Un aspecto que los asesores fiscales también destacan tiene que ver con la reducción de la bonificación a los beneficios de las entidades de alquiler de vivienda. Esta, sostienen, “debe ir acompañada de mejoras técnicas para evitar la doble imposición, lo que inhabilitaría a este régimen especial para atraer inversores”.
Aedaf también propone, entre otras medidas, que la tributación mínima aplique en iguales términos a los contribuyentes que tributan en régimen individual y a los que tributan en régimen de consolidación fiscal para respetar el principio de neutralidad fiscal en el Impuesto sobre Sociedades.
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