Derecho laboral
Cuánto debería llegarle de prima en diciembre a los trabajadores que ganan un salario mínimo en 2024
El convenio colectivo de cada empresa refleja que la cantidad mínima a percibir es igual a una mensualidad
Con la llegada del fin de año, los trabajadores reciben una buena noticia en el mes de diciembre. Esta no es otra que una mayor retribución por parte de las empresas. En concreto, los trabajadores de nuestro país tienen derechos a dos gratificaciones extraordinarias al año, es decir, una remuneración adicional al salario base del empleado. En concreto, estas "pagas extra" se realizan en verano y en navidad, de acuerdo con el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Cuándo se cobra la prima?
Por lo general, el trabajador suele recibir una de estas gratificaciones en junio, antes de las vacaciones de verano y la de Navidad, en diciembre. En este sentido, las empresas suelen abonar las pagas extra de Navidad entre el 15 y el 25 del mes de diciembre, aunque esto dependerá de cada empresa y su convenio colectivo.
Hay que tener en cuenta que el cobro de un segundo sueldo en Navidad dependerá de si, por contrato, se perciben 12 pagas o 14 anuales. El salario del trabajador siempre será el mismo, lo único que cambia es si el sueldo anual se cobra más o menos fraccionado. En los casos donde el contrato refleja 12 pagas, los empleados no recibirán un ingreso extra en Navidad y verano porque ya cobran estas cantidades a lo largo de todo el año.
¿Qué cantidad se debe percibir en las pagas extra?
En el caso de que se disponga de 14 pagas, el trabajador o trabajadora lo verá reflejado en su nómina. Según refleja el Sindicato USO en su página web, en el convenio colectivo se fija la cuantía de las pagas extras. Esta cuantía no puede ser inferior a 30 días del salario base, por lo que el trabajador recibe el doble de mensualidad ordinaria en Navidad. Además, la paga extra tampoco puede ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
¿Quiénes no tienen derecho a recibir esta prima?
Si una persona empieza a trabajar en una empresa el 1 de diciembre, esta no recibirá ningún ingreso extra ese mes, ya que esta gratificación extraordinaria se genera por cada día trabajado, ya sea de manera anual o semestral. En el caso de que la última paga de verano se haya cobrado un 30 de junio, la próxima se habrá generado desde el 1 de julio hasta el siguiente junio.
Tampoco podrán exigir una paga extraordinaria "aquellos que hayan sufrido un ERTE total de suspensión". Además, los que formen parte de un ERTE parcial de reducción de jornada tienen derecho a cobrar según lo trabajado. Cabe destacar que, el tiempo de baja por una incapacidad temporal, no computa para la paga extra.