Lisboa
El Constitucional tumba varias normas que facilitan el despido en Portugal
El Tribunal Constitucional de Portugal consideró ilegales varias de las disposiciones recogidas en la reforma laboral aprobada por el Gobierno conservador luso en verano de 2012, dirigidas a facilitar el despido.
En una sentencia publicada hoy por el máximo órgano judicial del país, se advierte de que algunas de estas normas son demasiado "vagas e indeterminadas", lo que deja en manos de las empresas la elección de los criterios para prescindir de un trabajador.
El Constitucional había anulado ya otras de las medidas de austeridad aprobadas por el Ejecutivo para cumplir con el programa de ajustes y reformas acordado con la troika como contrapartida por su rescate financiero.
La solicitud de fiscalización de la última reforma laboral fue enviada al Constitucional en julio de 2012 por el Partido Comunista de Portugal (PCP), el marxista Bloque de Izquierda (BI) y el grupo Los Verdes, aunque ha sido catorce meses después cuando los jueces ha dado una respuesta para la que no tenían plazo.
Según la sentencia, que no fue aprobada por unanimidad, la nueva normativa laboral viola algunos principios constitucionales relacionados con el derecho a la negociación colectiva y el despido por causa justa.
Este tipo de despido sólo se refiere a los casos en que la salida del empleado "no derive de la culpa ni de la empresa ni del trabajador"y vuelvan "prácticamente imposible la subsistencia del vínculo laboral".
Sin embargo, en opinión de los jueces, con esta reforma legislativa "se deroga la obligación de que la compañía integre al empleado en un puesto de trabajo alternativo cuando éste exista".
"La ley no aporta las necesarias indicaciones normativas sobre los criterios que deben presidir la decisión de la compañía a la hora de seleccionar el puesto de trabajo a extinguir", reza el fallo.
"La norma cuestionada abre la puerta a despidos arbitrarios o judicialmente incontrolables", alerta el Constitucional.
La misma decisión tomó el Tribunal en los casos de despido por "inadaptación a un puesto de trabajo", ya que consideró prioritario que el afectado pueda ser recolocado en una ocupación para la que sí esté preparado y sea "compatible con su cualificación y aptitud profesional".
Los magistrados revocaron, asimismo, varios artículos que regulan los convenios colectivos y que prohibían la compensación del trabajo extra y el incremento de los días de vacaciones, incluso en casos de que éstos hubiesen sido pactados por empresa y empleados con anterioridad.
No obstante, el Constitucional luso sí consideró legales otros principios de la reforma laboral puestos en cuestión, como la extinción de cuatro festivos del calendario o la posibilidad de aumentar el número de días de vacaciones en función de la asistencia al puesto de trabajo.
El fallo ya ha generado reacciones políticas y ha satisfecho especialmente a los partidos de la oposición de izquierdas y al principal sindicato del país, la central comunista CGTP.
El ministro de la Presidencia y Asuntos Parlamentarios, Luís Marques Guedes, se limitó a señalar, por su parte, que el Gobierno "no fue informado previamente"por el Constitucional de su sentencia, por lo que aplazó una reacción oficial.
Está previsto que el Tribunal Constitucional luso se pronuncie en breve sobre otro de los más recientes ajustes del Gobierno, el que eleva de 35 a 40 horas semanales la jornada laboral de los funcionarios.
✕
Accede a tu cuenta para comentar