IRPF
Renta 2022: estas son las deducciones autonómicas más curiosas y desconocidas para pagar menos en la declaración
Tener un parto múltiple o comprar una bicicleta puede suponer un ahorro a la hora de rendir cuentas con Hacienda
La campaña de la Renta 2022 comenzó el pasado 11 de abril y esta se extenderá hasta el 30 de junio, cuando dará por finalizada esta cita anual con la Agencia Tributaria. Por tanto, dado que los contribuyentes tienen tiempo de sobra para presentar sus declaraciones del IRPF y Patrimonio, estos no deberán apresurarse en rendir cuentas con Hacienda, ya que comprobar que este documento contiene todos los datos correctos es fundamental para no cometer ningún error ni pagar más impuestos de los que les corresponden. Ante este escenario, desde TaxDown y TaxScouts han proporcionado a LA RAZÓN un listado con las deducciones autonómicas más curiosas o desconocidas para que los ciudadanos no las pasen por alto y puedan pagar menos en la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2022.
Andalucía
- Deducción por donativos con finalidad ecológica: esta deducción es nueva este año y los contribuyentes podrán desgravarse el 10% hasta 150 euros por donaciones a entidades públicas dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía o de corporaciones locales de Andalucía, cuya finalidad sea la defensa y conservación del medio ambiente.
- Deducción por ayuda doméstica: los contribuyentes podrán desgravarse el 20% de los pagos a la Seguridad Social por tener una empleada del hogar con un límite de 500 euros. No obstante, para ello, será necesario cumplir con ciertos requisitos como ser padre o madre con hijos que formen parte de la unidad familiar y que den derecho al mínimo por descendientes; que el contribuyente o su pareja de hecho sean mayores de 75 años; o que los padres y/o madres cobren un salario o sean autónomos -en las familias monoparentales, solo tendrá que cumplirlo el tutor-.
Aragón
En la declaración de la Renta 2022, en esta autonomía existen dos nuevas deducciones relacionadas con el conflicto en Ucrania:
- Deducción por acogimiento de personas o familias ucranianas desplazadas con motivo del conflicto armado: los contribuyentes podrán desgravarse hasta 300 euros por persona acogida con un límite máximo de 1.000 euros, siempre y cuando tanto el contribuyente como las personas en acogimiento cumplan con una serie de requisitos.
- Deducción por ayudas de carácter humanitario al pueblo ucraniano con motivo del conflicto armado en su país: la deducción será del 20% del importe de las donaciones dinerarias puras y simples efectuadas durante el período impositivo cuando se cumplan una serie de requisitos.
Asturias
- Deducción por adquisición de vehículos eléctricos: esta deducción es nueva y los contribuyentes podrán desgravarse en la declaración el 15% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por la adquisición de un vehículo eléctrico nuevo. Cada contribuyente tendrá derecho a aplicar la deducción por un solo vehículo que tenga la categoría de “enchufables” y de pila de combustible; que el coche no se encuentre afecto al desarrollo de actividades económicas por parte del adquirente; y que el contribuyente deberá disponer del correspondiente contrato de compraventa. La base máxima de esta deducción será de 50.000 euros por vehículo, con independencia de que se opte por la tributación individual o conjunta.
- Deducción por partos múltiples: el contribuyente podrá beneficiarse de una deducción de 1.000 euros por cada hijo nacido o adoptado en el período impositivo en que se lleve a cabo el nacimiento o la adopción, siempre y cuando el menor conviva con el progenitor o adoptante en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre) y se trate de partos múltiples o de dos o más adopciones constituidas en la misma fecha.
Baleares
En esta autonomía, al igual que en Aragón, existen dos nuevas deducciones relacionadas con el conflicto en Ucrania:
- Deducción por acogida de personas desplazadas por el conflicto de Ucrania: los contribuyentes podrán desgravarse hasta 150 euros por cada persona acogida con un límite máximo de 600 euros, siempre y cuando el periodo mínimo de acogida hayan sido tres meses y que además se cumplan otra serie de requisitos.
- Deducción por donaciones para paliar los efectos del conflicto de Ucrania sobre las personas: la deducción será del 50% del valor de los bienes o cuantías dinerarias de las donaciones efectuadas a entidades de las previstas en la Ley 49/2002 con un límite de 150 euros por declaración.
Canarias
Esta es la segunda autonomía con más deducciones, y aquellas a destacar son las existentes este año para los habitantes de La Palma a raíz de la erupción volcánica:
- Deducción por mínimo personal, familiar y por discapacidad para residentes en la isla de La Palma.
- Deducción por desarraigo por la erupción volcánica de la isla de La Palma.
- Deducción por cesión de uso temporal y gratuita de inmuebles ubicados en la isla de La Palma.
- Deducción por gastos de enfermedad para residentes en la isla de La Palma.
Asimismo, otra de las deducciones a destacar es aquella que solo será aplicable en el ejercicio 2022 y sirve para paliar los efectos del alza de precios:
- Deducción por el alza de precios: los contribuyentes que tributen individualmente se podrán desgravar 225 euros cuando el importe de la suma de la base imponible general y del ahorro sea inferior a 20.000 euros. 175 euros cuando el importe de la suma de la base imponible general y del ahorro sea igual o superior a 20.000 euros e inferior a 25.000 euros. Y 125 euros cuando el importe de la suma de la base imponible general y del ahorro sea igual o superior a 25.000 euros e inferior a 30.000 euros. En el caso de la tributación conjunta, los contribuyentes podrán desgravarse 225 euros cuando el importe de la suma de la base imponible general y del ahorro de la renta sea inferior a 30.000 euros; 175 euros cuando el importe de la suma de la base imponible general y del ahorro sea igual o superior a 30.000 euros e inferior a 35.000 euros; o 125 euros cuando el el importe de la suma de la base imponible general y del ahorro sea igual o superior a 35.000 euros e inferior a 40.000 euros.
Cantabria
- Deducción por los gastos ocasionados al trasladar la residencia habitual a una zona de Cantabria en riesgo de despoblamiento por motivos laborales por cuenta ajena o por cuenta propia: el contribuyente podrá desgravarse 500 euros en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.
- Deducción por gastos de guardería para contribuyentes que tengan su residencia habitual en zonas rurales de Cantabria en riesgo de despoblamiento: el contribuyente podrá deducirse el 30% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por los gastos de guardería de los hijos o adoptados con un límite de 900 euros anuales por hijo menor de tres años. En cambio, si el contribuyente reside en esta autonomía, pero no en zonas rurales en riesgo de despoblamiento, podrá deducirse el 15% de los gastos de guardería de los hijos o adoptados con un límite de 450 euros anuales por hijo menor de tres años.
Castilla - La Mancha
- Deducción por los gastos en intereses por la financiación ajena de la adquisición de primera vivienda habitual por menores de 40 años: el contribuyente se podrá desgravar el 100% de las cantidades satisfechas durante el período impositivo en concepto de intereses por la financiación ajena concertada para la adquisición de la primera vivienda habitual.
Castilla y León
- Deducción para el fomento de la movilidad sostenible: los contribuyentes podrán desgravarse en la declaración el 15% de las cantidades destinadas a la adquisición de un vehículo turismo nuevo que sea eléctrico puro, eléctrico con autonomía extendida o un híbrido enchufarle con autonomía en modo eléctrico de más de 40 kilómetros. El importe máximo de la deducción será de 4.000 euros por casa vehículo, tanto en tributación individual como en conjunta.
- Deducción por partos o adopciones múltiples: el contribuyente podrá beneficiarse de una deducción del 50% de la cantidad que corresponda por la aplicación de la deducción por nacimiento o adopción si el parto múltiple o la adopción simultánea ha sido de dos hijos que generen el derecho a la aplicación del "mínimo por descendiente"; o del 100% de la cantidad que corresponda por la aplicación de la deducción por nacimiento o adopción, si el parto múltiple o adopción simultánea ha sido de tres o más hijos, que generen el derecho a la aplicación del "mínimo por descendiente".
Cataluña
- Deducción para los contribuyentes que hayan quedado viudos en los ejercicios 2020, 2021, 2022: el contribuyente podrá desgravarse 150 euros, con carácter general cuando el contribuyente haya quedado viudo; o 300 euros, si la persona que se queda viuda tiene a su cargo uno o más descendientes que otorguen derecho a la aplicación del mínimo por descendientes.
- Deducción por donativos a entidades que fomentan el uso de la lengua catalana o de la occitana: el contribuyente podrá deducirse el 15% de la donación con un límite máximo del 10% de la cuota integra autonómica.
- Deducción por el pago de intereses de préstamos para los estudios de máster y doctorado: en el caso de que el contribuyente ha solicitado un préstamo para estudiar un máster o doctorado podrá deducirse la cantidad de lo que has pagado de intereses, es decir, no lo que cueste el máster o el doctorado, sino los intereses que se hayan pagado por el préstamo.
Extremadura
- Deducción por partos múltiples: los contribuyentes en esta autonomía se podrán deducir 300 euros por hijo nacido en el período impositivo, siempre que el menor conviva con el progenitor en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre) y se trate de partos múltiples.
Galicia
- Deducción por las ayudas y subvenciones recibidas por los deportistas de alto nivel de Galicia: el importe de la deducción será el resultado de aplicar los tipos medios de gravamen al importe de la subvención o ayuda pública en la base liquidable.
- Deducción por gastos dirigidos al uso de nuevas tecnologías en los hogares gallegos: el contribuyente podrá deducirse el 30% de las cantidades satisfechas durante el ejercicio en concepto de cuota de alta y cuotas mensuales para el acceso a Internet mediante contratación de líneas de alta velocidad. El límite máximo de la deducción es de 100 euros, tanto en tributación individual como en conjunta.
Madrid
- Deducción para el fomento del autoempleo de jóvenes menores de 35 años: está pensada para personas menores de 35 años o menos, como bien dice su nombre. Realmente solo tiene dos requisitos: que realices tu actividad en la Comunidad de Madrid y que te mantengas en el censo de autónomos durante un año (como mínimo). En estos casos, el contribuyente se podrá deducir 1.000 euros de la base imponible en su declaración de la renta de 2022.
Murcia
- Deducción por conciliación: el 20% de las cuotas ingresadas por el contribuyente por cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, cuando tengan contratada a una persona para atender o cuidar a descendientes menores por razones de conciliación. El límite máximo de la deducción es de 400 euros.
La Rioja
- Deducción por adquisición de bicicletas de pedaleo no asistido: el contribuyente podrá desgravarse el 15% del importe de las adquisiciones de bicicletas de pedaleo no asistido. Los límites máximos será 50 euros por vehículo y, a su vez, dos vehículos por unidad familiar.
Valencia
- Deducción por las cantidades satisfechas en tratamientos de fertilidad realizados en clínicas o centros autorizados: toda mujer de entre 40 y 45 años que se haya realizado tratamientos de fertilidad y tenga una base inferior a 30.000 euros -47.000 en declaración conjunta-, podrá deducirse 100 euros. En el caso de que la base sea inferior a 27.000 euros -o 44.000 euros- se lo podrá deducir entero si está entre este mínimo y el máximo establecido.
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