Aeropuertos

Ryanair no puede cobrar gastos de gestión por cancelaciones

AESA ha abierto un expediente informativo a Ryanair para verificar que cumple de forma estricta los derechos de los pasajeros.

Un avión de Ryanair aterriza en el aeropuerto de Dublín (Irlanda) hoy
Un avión de Ryanair aterriza en el aeropuerto de Dublín (Irlanda) hoylarazon

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del Ministerio de Fomento, ha recordado hoy a los pasajeros afectados por la cancelación de vuelos de Ryanair que la compañía no puede cobrarles gastos de gestión si optan por la reubicación en otro vuelo.

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del Ministerio de Fomento, ha recordado hoy a los pasajeros afectados por la cancelación de vuelos de Ryanair que la compañía no puede cobrarles gastos de gestión si optan por la reubicación en otro vuelo.

AESA ha abierto un expediente informativo a Ryanair para verificar que cumple de forma estricta los derechos de los pasajeros.

Según AESA, en caso de cancelación, los pasajeros tienen derecho a ser informados y la compañía debe facilitarles un impreso con las condiciones de asistencia y compensación.

Además, tienen derecho a recibir comida y bebida suficiente, a realizar dos llamadas telefónicas o acceder al correo electrónico, y, si fuese necesario, a una o más noches de alojamiento y al transporte entre el aeropuerto y el hotel.

Los pasajeros también cuentan con derecho al reembolso del billete sin coste alguno o a un transporte alternativo hasta el destino final.

Los afectados tienen derecho a ser compensados económicamente por la cancelación de un vuelo si la compañía no avisa con, al menos, catorce días de antelación.

La compensación dependerá de la distancia del vuelo y, en el caso de Ryanair, será de 250 o 400 euros.

Las compañías solo están eximidas en tres casos: si la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias ajenas a la aerolínea (como el clima o una huelga); cuando la empresa informe con entre dos semanas y siete días de antelación pero ofrezca un transporte alternativo que no suponga un retraso de más de dos horas en la salida y de cuatro en la llegada; y cuando informe con menos de siete días de antelación pero el vuelo alternativo no implique un retraso de más de una hora en la salida y de dos horas en la llegada.

Según AESA, el primer paso para los afectados es reclamar a la compañía, para lo que necesitan conservar el billete, el talón del equipaje y el resto de los documentos utilizados.

Si no reciben respuesta o ésta no es satisfactoria, podrán presentar una reclamación ante AESA de forma gratuita. EFECOM