Juicio a Trapero

Visto para sentencia el juicio a la ex cúpula de los Mossos entre reproches a De los Cobos

En la última sesión, la abogada de Trapero pide entre sollozos al tribunal que el mayor no pague "por faltas que no son suyas" ni sea víctima de "la impotencia del Estado"

Nueva sesión el juicio contra Trapero por el 'procés'
El mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero, a su llegada hoy a la sede de la Audiencia Nacional en San Fernando de HenaresMarta Fernández JaraEuropa Press

El juicio al mayor Josep Lluis Trapero y a la ex cúpula de los Mossos por su papel en el "procés" ha quedado visto para sentencia después de que las defensas hayan solicitado al tribunal la absolución tanto de Trapero como del ex número dos de la Consejería de Interior César Puig, del que fuera director de la Policía autonómica Pere Soler y de la intendente Teresa Laplana. Para los tres primeros, la Fiscalía pide una condena a diez años de cárcel por sedición o, si el tribunal no considera acreditado este delito, 20 meses de inhabilitación y una multa de 60.000 euros por desobediencia, mientras que para Laplana solicita cuatro años de cárcel o un año de inhabilitación y 30.000 euros de multa.

En la última sesión de la vista oral, que se interrumpió durante tres meses por la crisis sanitaria del coronavirus, ninguno de los cuatro acusados ha ejercido su derecho a la última palabra. En esta jornada, la defensa de Josep Lluís Trapero ha cuestionado la labor del coronel de la Guardia Civil Diego Pérez De los Cobos, coordinador del operativo policial el 1-O, a quien ha reprochado que desde un primer momento tuviera una “desconfianza absoluta” respecto al mayor Josep Lluís Trapero” porque “decidió que estaba alineado con Puigdemont”.

Tras mostrar su sorpresa por el hecho de que De los Cobos desconociese el plan de la Policía catalana de enviar a cada centro de votación a una pareja de agentes -"¿es creíble que el coordinador no exija el diseño policial para impedir la votación?"-, la letrada ha defendido que el Estado “sabía perfectamente” que los Mossos por sí solos no podían impedir el referéndum ilegal.

En esa misma línea, se ha quejado de que la Fiscalía acuse de sedición a Trapero y pida para él diez años de cárcel basándose solo, ha remarcado, en las declaraciones del coronel de la Guardia Civil Diego Pérez De los Cobos, coordinador del operativo policial el 1-O, sobre la pasividad de los Mossos. “Si esto hubiese sido solo juzgado por la opinión pública, pocas vueltas le habríamos dado”, ha apuntado resignada.

La letrada ponía así punto y final a un prolijo informe de más de ocho horas en el que ha defendido la inocencia del mayor y que ha concluido, visiblemente emocionada y entre sollozos, haciendo suyas unas palabras del insigne jurista Manuel Alonso Martínez, padre de nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal -”el ciudadano de un pueblo libre no debe expiar faltas que no son suyas, ni ser víctima de la impotencia o del egoísmo del Estado”-, e instando al tribunal a evitarlo.

Asimismo, ha defendido la actuación del mayor y su “voluntad indiscutible de auxiliar a la comitiva judicial” durante los registros en la Consejería de Economía el 20 de septiembre de 2017, pese a que los detenidos no pudieron acceder al inmueble, en cuyos alrededores se llegaron a concentrar 20.000 personas, y la secretaria judicial tuvo que abandonar el edificio por la azotea de madrugada. Y ha recordado la “fuerte discusión” que mantuvo el mayor con el líder de la Asamblea Nacional Catalana (ANC), Jordi Sánchez, cuando éste le instó a no desplegar a agentes de orden público, unos incidentes con los que “resulta absolutamente imposible”, dice, mantener que entre ambos existió una “connivencia” para entorpecer la actuación judicial.

Para la abogada, que el mayor de los Mossos decidiera no acudir a las reuniones de coordinación policial por su “muy mala relación” con Pérez de los Cobos -al entender que esa animadversión “en nada favorecía” la necesaria sintonía entre los cuerpos policiales para evitar el referéndum- solo evidencia que Trapero no hizo gala de “unas hábiles dotes de diplomacia”, pero no que llevara a cabo una conducta delictiva.

Respecto a la actuación de los Mossos el 1-O y a las acusaciones de pasividad por parte de la Fiscalía, Tubau ha vuelto a insistir en que cuando la juez del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña Mercedes Armas le notificó el auto en el que ordenaba impedir el referéndum, la magistrada le dio al despedirse “una orden verbal expresa” instándole a “mantener la paciencia, la contención y la paz social” en la actuación policial.

La defensa del mayor también ha resaltado que tras la aplicación del 155 en Cataluña fuese el segundo de Trapero, Ferrán López, el elegido para tomar su relevo al frente de los Mossos, una decisión que considera incompatible con considerar que la prefectura de la Policía autonómica había "traicionado" a De los Cobos incumpliendo las órdenes judiciales.

Tubau ha agradecido a la Audiencia Nacional, al término de su intervención, que a lo largo del proceso haya “respetado de una forma profunda dos principios fundamentales: el de igualdad de armas y el de contradicción”. “Vengo muy poco a la AN -se ha despedido-, pero les aseguro que después de esta experiencia estaré encantada de volver a esta casa”.

El “pecadillo venial” de la desobediencia

Durante su informe final, el abogado de Pere Soler, Cristóbal Martell, ha defendido que el ex director de los Mossos no fue un instrumento de los líderes del “procés” para convertir al cuerpo policial en “un instrumento para subvertir el orden constitucional”, por lo que no cometió un delito de sedición. Asimismo, rechaza que desobedeciera al Tribunal Constitucional “en el ámbito de sus competencias”. “Se le pidió interferir en la actuación de los Mossos, y no lo hizo”, ha señalado, descartando que incurriera en un delito de desobediencia, que según él la Fiscalía ha planteado como “un pecadillo venial” para garantizar una hipotética condena si el tribunal no ve pruebas suficientes que acrediten la sedición.
El letrado ha subrayado que Soler no estuvo en la reunión en el Palau de la Generalitat en la que, el 28 de septiembre de 2017, la cúpula de los Mossos instó a Carles Puigdemont a desconvocar el referéndum ilegal. El ex director de los Mossos, ha dicho, “es extraordinariamente respetuoso” con las resoluciones judiciales: “Viene de ser director general de Prisiones y algo sabe del principio de legalidad y de la relación con los jueces”.
Para su defensa, Soler “está lejos de haber intervenido en el impulso activo de multitudes para que se alcen en contra de las resoluciones judiciales”.
En relación a la supuesta pasividad de la Policía catalana durante el 1-O, Martell ha asegurado que seguramente los Mossos “tenían muy pocas ganas de reprimir por la fuerza” a los ciudadanos después de lo que ha definido como “una década muy dura de procesos judiciales”. Pero en ningún caso, ha resaltado, “fue un engaño a los otros órganos policiales”.
Que Soler deseara el buen fin del proceso independentista es “irrelevante” a efectos penales, porque lo determinante -ha recordado citando al ex fiscal general, ya fallecido, José Manuel Maza, que impulso con sendas querellas la investigación judicial del “procés”- aportara una actuación determinante en la sedición que se le impute.
Por otro lado, la defensa de César Puig ha desvinculado al que fuera “número dos” de Joaquim Forn en la Conselleria de Interior de las órdenes operativas que determinaron la actuación de los Mossos en el “procés”. Puig, según ha mantenido, “no estaba en la cadena de mando operativo” de la Policía autonómica. Su cometido se centraba, ha venido a decir, en las tareas presupuestarias, organizativas y de personal, remarcando que la sentencia del juicio del “procés” constató que del departamento de Interior no se desvió dinero público al referéndum ilegal. “Ni se comportó como un sedicioso ni desobedeció al Tribunal Constitucional”, sostiene.
El letrado Fermín Morales se ha preguntado “dónde está la aportación” de Soler al plan secesionista y ha resaltado que las imputaciones que se le hace “son todo eslóganes” que no se precisan y que concluyen en la “presunción” de que, como Forn fue condenado por el Tribunal Supremo por sedición, su subordinado era partícipe del desafío soberanista.
Asimismo, ha explicado que su intervención en la Junta de Seguridad del 28 de septiembre de 2017, en la que se decidió el operativo policial del 1-O, se limitó a cuestionar legalmente que fuese el Estado el que coordinase ese despliegue.